La CE ha evaluado y aprobado la sustancia activa biocida 1R-trans-fenotrina para su uso en productos biocidas del tipo 18; insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos. A través de la Directiva 2013/41/UEde la Comisión, esta sustancia queda incluida en el Anexo I de la Directiva 98/8/CE, y podrá seguir comercializándose para el uso evaluado.
DIRECTIVA 2013/41/UE DE LA COMISIÓN de 18 de julio de 2013 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la 1R-trans-fenotrina como sustancia activa en su anexo I
La d-fenotrina ha sido evaluada de conformidad con la Directiva 98/8/CE para su uso en el tipo de producto 18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos, pudiéndose extraer conclusiones únicamente respecto a cierta forma de d-fenotrina: una sustancia que contiene al menos un 89 % en peso de 1R-trans-fenotrina y que, de acuerdo con la práctica actual de denominación de las sustancias, debe considerarse monoconstituyente y denominarse 1R-trans-fenotrina.
CONDICIONES DE INCLUSIÓN DE LA 1R-TRANS-FENOTRINA en el Anexo I de la Directiva 98/8/CE:
- Tipo de biocida: 18 ( insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos)
- Pureza mínima de la sustancia activa en el biocida comercializado: 89 % en peso de 1R-trans-fenotrina
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2015
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2025
- Disposiciones específicas:
- se establecerán procedimientos operativos seguros en caso de aplicación a volumen ultra bajo, y los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado.
- los biocidas que contengan 1R-trans-fenotrina y que puedan dar lugar a residuos en alimentos o piensos, los Estados miembros comprobarán la necesidad de establecer límites máximos de residuos (LMR) nuevos o de modificar los existentes, y adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo que garanticen que no van a excederse los LMR aplicables
- cuando proceda, se adoptarán medidas de protección de las abejas melíferas.