LA CE autoriza nuevas sustancias activas biocidas

LA CE autoriza nuevas sustancias activas biocidas

ueLa Comisión Europea ha autorizado las siguientes sustancias activas biocidas para determinados usos: el ácido láurico y el butilacetilaminopropionato de etilo para biocidas TP19 (repelentes y atrayentes); la transflutrina y el dióxido de silicio amorfo sintético en biocidas TP 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).

 

 

►ÁCIDO LÁURICO

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 405/2014 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2014 por el que se aprueba el uso de ácido láurico como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 19

Tipo de producto: 19, repelentes y atrayentes
Pureza mínima de la sustancia activa : 980 g/kg
Fecha de aprobación: 1 de noviembre de 2015
Fecha de expiración de la aprobación: 31 de octubre de 2025
Disposiciones específicas:

  • En la evaluación del biocida se prestará una atención especial a las exposiciones, los riesgos y la eficacia asociados a cualquiera de los usos contemplados en una solicitud de autorización, pero no considerados en la evaluación de riesgos de la sustancia activa a nivel de la Unión.

 

►BUTILACETILAMINOPROPIONATO DE ETILO

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 406/2014 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2014 por el que se aprueba el uso del butilacetilaminopropionato de etilo como sustancia activa exis­tente en biocidas del tipo de producto 19

Tipo de producto: 19, repelentes y atrayentes
Pureza mínima de la sustancia activa : 990 g/kg
Fecha de aprobación: 1 de noviembre de 2015
Fecha de expiración de la aprobación: 31 de octubre de 2025
Disposiciones específicas:

  • Las autorizaciones quedan subordinadas a la condición siguiente:
    La exposición primaria de los seres humanos al biocida deberá minimizarse mediante el estudio y la aplicación de las medidas oportunas de reducción del riesgo, incluidas, cuando proceda, instrucciones sobre la cantidad del biocida que pueda aplicarse a la piel humana y sobre la frecuencia de dicha aplicación.

 

►TRANSFLUTRINA

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 407/2014 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2014 por el que se aprueba el uso de la transflutrina como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 18

Tipo de producto: 18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa: 965 g/kg de configu­ración 1R-trans
Fecha de aprobación: 1 de noviembre de 2015
Fecha de expiración de la aprobación: 31 de octubre de 2025
Disposiciones específicas:

  • Las autorizaciones quedan subordinadas a la condición siguiente:
    Habida cuenta de los riesgos para el agua, los sedimentos y los compartimentos edáficos, la transflutrina no se utilizará en vaporizadores para uso en interiores o en espirales insecti­cidas a menos que pueda demostrarse en la solicitud de autorización del producto que los riesgos pueden reducirse a niveles aceptables.

 

►DIÓXIDO DE SILICIO

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 408/2014 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2014 por el que se aprueba el uso del dióxido de silicio amorfo sintético como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 18

Tipo de producto: 18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa : 800 g/kg
Fecha de aprobación: 1 de noviembre de 2015
Fecha de expiración de la aprobación: 31 de octubre de 2025
Disposiciones específicas:

  • En la evaluación del biocida se prestará una atención especial a las exposiciones, los riesgos y la eficacia asociados a cualquiera de los usos contemplados en una solicitud de autorización, pero no considerados en la evaluación de riesgos de la sustancia activa a nivel de la Unión.

 

 

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