El 11 de octubre de 2006 entró en vigor el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
El Real Decreto regula las actividades de los operarios que puedan estar expuestos a fibras de amianto o a materiales que las contengan principalmente en las siguientes circunstancias:
- Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
- Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
- Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
- Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
- Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
- Vertederos autorizados para residuos de amianto.
- Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.
A continuación detallamos el sumario del texto legal:
- Obligaciones del empresario
- Límite de exposición y prohibiciones
- Evaluación y control del ambiente de trabajo
- Medidas técnicas generales de prevención
- Medidas organizativas
- Equipos de protección individual de las vías respiratorias
- Medidas de higiene personal y de protección individual
- Disposiciones específicas para determinadas actividades
- Planes de trabajo
- Tramitación de planes de trabajo
- Formación de los trabajadores
- Información de los trabajadores
- Consulta y participación de los trabajadores
- Vigilancia de la salud de los trabajadores
- Disposiciones varias
- Obligación de inscripción en el Registro de empresas con riesgo por amianto
- Registros de datos y archivo de documentación
- Tratamiento de datos
- Anexo I: Requisitos para la toma de muestras y el análisis (recuento de fibras)
- Anexo II: Reconocimiento de la capacidad técnica de los laboratorios especializados en el análisis (recuento) de fibras de amianto
- Anexo III: Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA)
- Anexo IV: Ficha para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto
- Anexo V: Ficha de vigilancia de la salud de los trabajos expuestos a amianto
Acceder al Real Decreto (en pdf).