Condena al Gobierno de Navarra por contagio de legionella

Condena al Gobierno de Navarra por contagio de legionella

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El Gobierno de Navarra ha sido condenado a indemnizar con 569.000€ a una mujer gravemente afectada por un brote de legionela, originado a mediados del año 2006, en las torres de refrigeración del departamento de Economía y Hacienda situado en Pamplona. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra corrige una primera sentencia sobre el caso tras vincularse la incapacidad resultante de la afectada con la neumonia por Legionela.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha enmendado una sentencia que dictó hace casi cuatro años y finalmente ha condenado al Gobierno foral a indemnizar con 569.000€ a una pamplonesa, máxima perjudicada por un brote de legionela  que afectó a 147 personas en 2006, cuyo origen fué una torre de refrigeración del departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarrra. 

La recurrente ingresó en junio de 2006 en el hospital Virgen del Camino de Pamplona afectada de neumonía por legionela. Tres días después, debido al empeoramiento de su estado de salud, tuvo que ser trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos del mismo centro, donde padeció un infarto cerebral y otras complicaciones, que le provocaron una minusvalía del 93%, tanto física como psíquica.

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El Instituto de Salud Pública del Gobierno de Navarra concluyó en aquel momento que el origen del brote era inequivocamente la torre de refrigeración y que en el mantenimiento de la misma se habia producido un incumplimiento de las obligaciones derivadas del Real Decreto 865/2003, que establece los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

No obstante, en una primera sentencia, dictada en 2009, el TSJN rechazaba el nexo causal entre los graves daños cerebrales que padeció la víctima y el brote de legionela, reconociéndole únicamente 13.754 euros de indemnización.

Tras seis años de litigio, la familia de la afectada ha conseguido que el TSJN admita las pruebas periciales médica y del Centro Nacional de Microbiología que vinculan la enfermedad inicial, neumonia por legionela, con la enfermedad causante de secuelas irreparables, el accidente vascular agudo

En la sentencia dictada ahora por el TSJN dichos informes sí han sido valorados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que al contrario de lo que dictaminó hace cuatro años, concluye que está "plenamente acreditado" que "las graves secuelas producidas a la recurrente por el accidente cerebro vascular agudo que padeció en la UCI derivaron, originariamente, de la neumonía por contagio de legionelosis".

 

Fuente: noticiasdenavarra.com

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