
El " Protocolo de clasificación de establecimientos alimentarios según el riesgo " (PROCER) de Catalunya ha sido revisado y actualizado. El protocolo es de aplicación a todos los establecimientos alimentarios inscritos en el RSIPAC y su objetivo es facilitar la programación y gestión de las actividades del control oficial basándose en el riesgo.
Clasificación de establecimientos alimentarios según el riesgo
El Departament de Salut ha publicado una versión revisada y actualizada del " Protocolo de clasificación de establecimientos alimentarios según el riesgo" (PROCER) de Catalunya. Este documento establece el sistema de valoración y categorización del riesgo de los establecimientos alimentarios en Cataluña, de acuerdo con las directrices establecidas y consensuadas entre las Comunidades Autónomas y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
El objetivo final es cumplir con el Artículo 9 del Reglamento (UE) 2017/625 relativo a los controles y otras actividades oficiales en la cadena agroalimentaria, que establece que las autoridades competentes deben realizar controles oficiales con regularidad, en función del riesgo y con la frecuencia apropiada.
Actualización del PROCER
A raiz de la experiencia acumulada durante la aplicación de la última versión del PROCER (2024) y coincidiendo con el inicio del nuevo ciclo del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) 2026-2030, el Departament de Salut ha considerado necesario revisar y adaptar de nuevo el PROCER.
La aplicación práctica del modelo anterior puso de manifiesto que las puntuaciones y los rangos definidos inicialmente no discriminaban con suficiente precisión entre el conjunto de establecimientos para organizarlos adecuadamente en función de su riesgo. Por lo que se han revisado y ajustado las puntuaciones de los criterios generales y se ha reducido el rango de puntuación utilizado en la categorización del riesgo, lo que permite obtener una distribución más equilibrada de los establecimientos en los distintos niveles de riesgo.
El Protocolo es de aplicación a todos los establecimientos alimentarios situados en el territorio de Cataluña que intervengan en cualquier etapa de la fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte y distribución de alimentos, lo que incluye todos los establecimientos inscritos en el Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimentarios de Cataluña (RSIPAC), incluida la clave 50. Queda excluido del ámbito de aplicación el comercio minorista.

Referencia:
Clau d’interpretació del protocol de classificació d’establiments alimentaris segons el risc. Barcelona: Secretaria de Salut Pública; 2026. http://hdl.handle.net/11351/11146.2








