El Reglamento de Biocidas 528/2012 permite a las empresas obtener la autorización de ciertos productos biocidas a nivel de la UE, pudiendo comercializarlos en el mercado de la Unión Europea sin necesidad de obtener autorizaciones nacionales específicas. En 2016 están fijados diversos plazos relevantes para solicitar este tipo de autorización de biocidas.
La autorización de productos biocidas a nivel de la Unión es un nuevo concepto de autorización introduido por el Reglamento de Biocidas, que entró en vigor en septiembre de 2013.
Las empresas interesadas pueden solicitar la autorización de la Unión, tanto para un biocida único como para una familia de productos, con condiciones de uso similares en la UE. Una vez que la autorización de la Unión se concede, ésta aplica en todo el mercado de la UE, con los mismos derechos y obligaciones en todos los Estados Miembros, como los proporcionados por las autorizaciones nacionales.
Excepción son: aquellos productos que contengan sustancias activas que cumplan los criterios de exclusión (por ejemplo clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción) y aquellos pertenecientes a los Tipos de Producto 14, 15, 17, 20 (por ejemplo productos para el control de roedores, aves, y otros vertebrados) y a los Tipo de Producto 21 (por ejemplo antiincrustantes) .
La Agencia Europea para Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) ha establecido un calendario de plazos para iniciar los procesos de autorización a nivel de la Unión, que varían, dependiendo de si el producto contiene sustancias activas nuevas o ya existentes.
En 2016 están establecidos plazos relevantes específicos para once substancias activas:
SUSTANCIA ACTIVA | Tipo de Producto | Fecha límite para la solicitud de autorización del producto |
Folpet | 6 | 1 enero 2016 |
Permetrina | 18 | 1 mayo 2016 |
Alfa-cipermetrina | 18 | 1 julio 2016 |
Bacillus sphaericus 2362, cepa ABTS-1743 | 18 | 1 julio 2016 |
Bacillus thuringiensis subsp. israelensis, cepa SA3A | 18 | 1 julio 2016 |
Propan-2-ol | 1,2,4 | 1 julio 2016 |
Clotianidina | 18 | 1 octubre 2016 |
MIT | 13 | 1 octubre 2016 |
Glutaraldehído | 2,3,4,6 | 1 octubre 2016 |
IPBC | 13 | 1 diciembre 2016 |
DCPP | 1,2,4 | 1 diciembre 2016 |
La ECHA hace un llamamiento a las empresas para que realicen sus solicitudes dentro de estos plazos legales, para que puedan mantener sus productos en el mercado sin problemas.
La Agencia también recomienda encarecidamente a las empresas que realicen una pre-solicitud gratuita de su solicitud de autorización para la Unión. De este modo podrán recibir la confirmación de que el producto para el que se presenta la solicitud entra dentro del ámbito del Reglamento de Biocidas, que tiene condiciones de uso similares en toda la Unión y que se ha identificado el Tipo de Producto adecuado. Los Estados miembros también podrán plantear posibles reservas de autorización del producto en este momento.
Hasta el momento, la ECHA ha recibido 14 solicitudes de autorización a nivel de la Unión, y durante 2016 espera recibir, como mínimo, 8 solicitudes y más de 30 pre-solicitudes.
Fuente: ECHA