La Comunidad de Madrid ha prorrogado durante cuatro años, desde el fin del período transitorio establecido (julio 2016), la validez de los carnés profesionales de manipuladores de biocidas de nivel básico y cualificado.
Madrid prorroga la validez de los carnés para tratamientos biocidas
El Real Decreto 830/2010, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos biocidas, regula los aspectos básicos de la formación y habilitación para los manipuladores de productos biocidas, de acuerdo a los avances científicos y técnicos en la materia, teniendo como objeto “la protección de la salud mediante el establecimiento de criterios que permitan garantizar unos niveles mínimos de capacitación a las personas que desarrollen actividades laborales relacionadas con la aplicación de productos biocidas de los grupos y tipos señalados”.
El RD 830/2010 estableció un período transitorio de seis años de validez de los carnés homologados para uso ambiental y en la industria alimentaria en el momento en que fué publicado, que finalizará el próximo mes de julio de 2016.
Al no haberse desarrollado esta disposición transitoria, en lo que se refiere a la habilitación del personal manipulador de biocidas, obteniendo los Certificados de Profesionalidad correspondientes a las Cualificaciones Profesionales de nivel 2 (Servicios para el control de plagas) y nivel 3 (Gestión de servicios para el control de organismos nocivos), es posible ampliar el período transitorio de validez de los carnés profesionales, para evitar indefensión respecto a la acreditación de la capacitación de este personal.
Dentro de este marco y de acuerdo a lo establecido en el RD 830/2010, la Comunidad de Madrid prorroga la validez, durante cuatro años desde el fin del período transitorio establecido, la validez de los carnés profesionales de manipuladores de biocidas, nivel básico y cualificado.
RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2016, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se prorroga la validez durante cuatro años de los carnés, nivel básico y cualificado, de los profesionales que desarrollan actividades laborales relacionadas con la aplicación de productos biocidas de los grupos y tipos señalados en el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos biocidas.