Es difícil predecir como será el futuro de los rodenticidas anticoagulantes en la UE. La mayor parte de las sustancias activas que los contienen están en proceso de ser clasificadas como "tóxicas para la reproducción" (en concentraciones igual o mayores a 0,003%). Esto supondria dejar de utilizarlos, sin embargo su uso se considera actualmente imprescindible para controlar las plagas de roedores.
Futuro incierto para ocho sustancias activas rodenticidas anticoagulantes
Como comentabamos hace unos dias en el artículo "Nueve rodenticidas anticoagulantes serán clasificados como tóxicos para la reproducción", con la próxima publicación de la 9ª Adaptación al Progreso Técnico (ATP) del Reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP), ocho sustancias activas utilizadas en rodenticidas anticoagulantes quedarían clasificadas como Tóxicas para la Reproducción de Categorias 1A o 1B.
Esto podría significar la desaparición del mercado de una serie de productos rodenticidas anticoagulantes en los próximos años.
Este grupo de sustancias están siendo revisadas desde los ámbitos de dos Reglamentos europeos distintos; el Reglamento 528/2012 relativo al uso y comercialización de biocidas y el antes mencionado Reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (Reglamento CLP).
Anticoagulantes y el Reglamento de Biocidas
Dentro del ámbito del Reglamento de biocidas, la mayor parte de las sustancias activas anticoagulantes están consideradas por el Comité de Biocidas de la Agencia Europea para Sustancias Químicas (ECHA) como candidatas a la sustitución por el riesgo que suponen para la salud humana, animal y el medioambiente.
La renovación temporal de su autorización de comercialización en la UE depende de que pueda comprobarse que cumplen alguno de los criterios de excepción que establece el Reglamento de Biocidas, como que no existan alternativas viables o que el hecho de no aprobar las sustancias suponga un riesgo con efectos negativos desproporcionados para la sociedad en comparación con el riesgo para la salud humana o animal o el medio ambiente que se derivaría de su utilización.
En este sentido, la ECHA ha lanzado de nuevo un proceso para recoger información sobre estas ocho sustancias, que facilite la decisión de la Comisión Europea y de los Estados Miembros sobre si se renueva o no su aprobación.
El pasado 15 de julio la ECHA anunció dicho proceso de consulta pública para recopilar información sobre si los ocho anticoagulante cumplen cualquiera de los criterios de excepción. La Agencia quiere información sobre los siguientes criterios relacionados con el riesgo para los seres humanos, los animales o el medio ambiente, que deben cumplirse si las sustancias deben ser aprobadas:
- el riesgo, en el peor de los casos realistas, es insignificante, en particular cuando se utiliza el producto en sistemas cerrados o en otras condiciones que tienen por objeto excluir el contacto con los seres humanos y la liberación en el medio ambiente;
- la sustancia activa es esencial para prevenir o controlar un riesgo grave para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente; o
- no aprobar la sustancia activa tendría un impacto negativo desproporcionado sobre la sociedad en comparación con el riesgo derivado del uso de la sustancia.
La consulta, que estará abierta durante 60 días, terminará el próximo 12 de septiembre de 2016.
Anteriormente, entre diciembre de 2015 y febrero de 2016 la ECHA realizó otra consulta publica entorno a las sustancias activas anticoagulantes, en la que la mayor parte de las contribuciones estuvieron basadas en los documentos de preparados por el CEFIC (European Chemical Industry Council) y la CEPA (Confederation of European Pest Management Associations) y afirmaban que en la actualidad no hay una alternativa significativa y eficaz para los rodenticidas anticoagulantes fácilmente disponible.
Se sugería además que sería una mejora importante para el medio ambiente limitar el uso de los rodenticidas, basándose en una gestión integrada de plagas y/o en un uso exclusivo de estos productos por parte de empresas profesionales de control de plagas.
La CEPA hacia hincapié en que, si bien hasta hace poco no existía ningún requisito común armonizado en toda Europa para la autorización y supervisión de las empresas de control de plagas o los técnicos que llevan a cabo las aplicaciones de biocidas, el año pasado se publicó la Norma 16636, que establece requisitos y competencias para las empresas del sector, y se estableció el sistema de certificación de dicha norma CEPA Certified, con el objetivo de unificar y profesionalizar a la industria europea de Control de Plagas.
Anticoagulantes y el Reglamento CLP
El Reglamento (CE) 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (Reglamento CLP) engloba la legislación comunitaria con el Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (SGA), un sistema de las Naciones Unidas para identificar los productos químicos peligrosos y para informar a los usuarios sobre sus peligros.
La novena adaptación al progreso técnico (ATP) del Reglamento CLP incluye la re-clasificación de ocho anticoagulantes, que pasarian a las categorias de Sustancias Tóxicas para la Reproducción 1A o 1B, en el caso de que la concentración de las sustancias activas sea igual o mayor de 0,003%.
Las nueve sustancias afectadas por la re-clasificación son: brodifacoum (Cat 1A), bromadiolona (Cat 1B), clorofacinona (Cat 1B), cumatetralilo (Cat 1B),difenacum (Cat 1B), difetialona (Cat 1B), flocoumafen (Cat 1B) y warfarina (Cat 1A).
Según la CEPA, la publicación de la ATP tendrá consecuencias inmediatas para la industria y las empresas de servicios de control de plagas, aunque se establezca un período de ejecución hasta el año 2018, para coordinar la implementación de la ATP con los plazos de renovación de las autorizaciones de comercialización de dichas sustancias rodenticidas ( de acuerdo al Reglamento de Biocidas).
Una vez que la naturaleza reprotóxica de las sustancias sea oficialmente publicada, su uso quedará prohibido para el público general y se espera que las empresas profesionales que utilizan estos biocidas intentaran evitar su uso por razones de seguridad para sus empleados y sus clientes.
Los fabricantes intentarán, según la CEPA, reducir la concentración de la sustancia activa por debajo de 0,003%, manteniendo la efectividad de los rodenticidas en estos niveles bajos de concentración. Pero aunque esto quizás sea técnicamente factible, además será necesario para los fabricantes realizar nuevas solicitudes de autorización de comercialización de las sustancias, procesos que suelen ser largos y costosos.
La publicación del ATP deberá dar lugar a nuevas investigaciones sobre alternativas con o sin anticoagulante y con o sin sustancias químicas, pero la solución no será a corto plazo.
De momento, habrá que esperar hasta después del verano para conocer el futuro del control de roedores con anticoagulantes.
Fuente: ECHA y CEPA