Autorizados siete alimentos como sustancias activas en biocidas TP19

Autorizados siete alimentos como sustancias activas en biocidas TP19

biocidas

La Comisión Europea ha autorizado la inclusión del vinagre, la Saccharomyces cerevisiae,  el huevo en polvo, la miel, la D-fructosa, el queso y el zumo de manzana concentrado, en el Anexo I del Reglamento 528/2012, sobre uso y comercialización de biocidas. De este modo, pueden seguir utilizándose como sustancias activas en biocidas TP19, repelentes o atrayentes.

 

En la medida que constituían un alimento o pienso utilizado como repelente o atrayente, el vinagre, la Saccharomyces cerevisiae,  el huevo en polvo, la miel, la D-fructosa, el queso y el zumo de manzana concentrado se han podido acoger a un procedimiento de autorización simplificado (excepción aplicable a los alimentos y piensos establecida en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 1451/2007) para su autorización como sustancias activas para biocidas del tipo de producto 19.

Para ello, deben estar incluidas en el Anexo I del Reglamento 528/2012 (Lista de sustancias activas contempladas en el Artículo 25, letra A) y cumplir las restricciones especificadas en dicho Anexo.

Dado que no se consideran sustancias de posible riesgo, la CE ha autorizado su inclusión en dicho Anexo I, dentro de la Categoría 4: Sustancias de origen natural y utilización tradicional, aunque únicamente en la medida en que se ajusten a la definición de «alimentos» o «piensos».

Así pues, en el Anexo I del Reglamento (UE) n.o 528/2012, en la categoría 4 de la lista de sustancias activas se añaden las entradas siguientes:

Autorizados 7 alimentos sustancias activas biocidas TP19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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