Las sustancias biocidas Bacillus thuringiensis, subsp. israelensis, serotipo H14, cepa AM65-52 y deltametrina han sido aprobadas por la UE para su uso en productos del tipo 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos), quedando incluidas en el Anexo I de la Directiva de Biocidas.
DIRECTIVA 2011/78/UE DE LA COMISIÓN de 20 de septiembre de 2011 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya Bacillus thuringiensis, subsp. israelensis, serotipo H14, cepa AM65-52, como sustancia activa en su anexo I.
Nombre común: Bacillus thuringiensis,subsp.israelensis,serotipo H14, cepa AM65-52
Pureza mínima de la sustancia activa: Ninguna impureza relevante
Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2013
Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2023
Tipo de biocida: 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).
Disposiciones específicas:
- Los biocidas autorizados para uso profesional deberán utilizarse con el equipo de protección individual adecuado, a menos que pueda demostrarse en la solicitud de autorización del biocida que los riesgos para los usuarios profesionales pueden reducirse a un nivel aceptable por otros medios.
- Por lo que respecta a los biocidas que contengan Bacillus thuringiensis, subsp. israelensis, serotipo H14, cepa AM65-52, y que puedan dar lugar a residuos en alimentos o piensos, los Estados miembros comprobarán la necesidad de establecer límites máximos de residuos (LMR) nuevos o modificar los existentes según el Reglamento (CE) no 470/2009 o el Reglamento (CE) no 396/2005, y adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo que garanticen que no van a excederse los límites máximos de residuos aplicables.
DIRECTIVA 2011/81/UE DE LA COMISIÓN de 20 de septiembre de 2011 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la deltametrina como sustancia activa en su anexo I
Nombre común: Deltametrina
Pureza mínima de la sustancia activa: 985 g/kg
Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2013
Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2023
Tipo de biocida: 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).
Disposiciones específicas:
- Los biocidas no se utilizarán para tratamientos en interiores que provoquen emisiones que lleguen a plantas de tratamiento de aguas residuales a una escala tal que, según se indica en la evaluación del riesgo a nivel de la Unión, plantee riesgos inaceptables, a no ser que se presenten datos que demuestren que el biocida va a cumplir los requisitos del artículo 5 y del anexo VI, si procede mediante la aplicación de las medidas adecuadas de reducción del riesgo.