RD 140/2003 sobre los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

RD 140/2003 sobre los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

GrifoEl Real Decreto 140/2003 tiene por objeto establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.

Para ello, se define qué criterios son utilizados para determinar la calidad del agua y se regula su origen para el consumo humano, el material y mantenimiento de las conducciones en las condiciones más adecuadas así como el empleo de sustancias para su tratamiento y la normativa relacionada aplicable.

Por otro lado, se establecen las condiciones en que deberá almacenarse el agua para consumo humano, tales como la obligación de que todo depósito con dicho fin deberá estar a un nivel por encima del alcantarillado o el imprescindible control de estructura, cierre, valvulería, etc.

Estos son algunos de los artículos del Real Decreto que hacen referencia a las medidas de control necesarias para una óptima calidad de las aguas de consumo humano:

  • Laboratorios de control de calidad del agua de consumo humano
  • Control de la calidad del agua de consumo humano
  • Autocontrol
  • Vigilancia sanitaria
  • Frecuencia de muestreo

 

Vaso de agua

 

 

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