Guías para la reducción del contagio por Covid-19 en el sector turístico

Guías para la reducción del contagio por Covid-19 en el sector turístico

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Para preparar la reapertura del sector turístico conforme se suavicen las medidas de confinamiento por Covid-19, el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) ha publicado 12 guías con especificaciones de servicio, limpieza y desinfección, mantenimiento y gestión del riesgo para los diferentes subsectores del sector turístico, siguiendo todas ellas un protocolo sanitario homogéneo.

 

Ante la progresiva reapertura de instalaciones turísticas, a medida que se vayan suavizando las medidas de confinamiento, el ICTE ha publicado 12 guías para la reducción del riesgo de contagio por el coronavirus SARS-CoV-2, específicas para diversos establecimientos del sector pero que siguen un mismo protocolo sanitario homogéneo.

Estos documentos, validados por el Ministerio de Sanidad, han sido elaborados por un Comité de Técnicos constituido por el ICTE, en colaboración con la Confederación Española de Hoteles y Apartamentos Turísticos (CEHAT) y organizaciones sectoriales territoriales, cadenas y empresas hoteleras, y consensuado con la Asociación Española de Servicios de Prevención Laboral (AESPLA), PRLInnovación, y con los sindicatos CCOO y UGT.

En las guías se desarrollan cuatro bloques de requisitos, adecuados a las características de cada establecimiento: Requisitos para la gestión del riesgo, Requisitos de servicio, Requisitos de limpieza y desinfección y Requisitos de mantenimiento.

Plan de contingencia

Sobre la base de una evaluación de riesgos, los establecimientos deberán elaborar un plan de contingencia que debe detallar las medidas concretas que van a adoptar para reducir los riesgos de contagio por COVID-19, asi como crear un grupo de trabajo o designar una persona responsable para la gestión del riesgo. 

Se procurará realizar el plan de contingencia antes de la vuelta a la actividad y se consultará y/o se consensuará con los delegados de prevención/los representantes de los trabajadores/ el Comité de Seguridad y Salud de la empresa.

Este plan de contingencia debe incluir como mínimo:

  • La posibilidad de modificar los procesos dirigidos a la toma de decisiones, si fuera necesario.
  • La asignación de autoridades y responsabilidades en el marco de la gestión del riesgo.
  • La asignación de recursos humanos y materiales, incluida la determinación del uso de Equipos de Protección Individual (EPI) atendiendo a las necesidades derivadas de la evaluación de riesgos laborales y sin perjuicio de lo establecido en esta norma y en la normativa aplicable para la prevención de riesgos laborales.
  • La determinación e implantación de un protocolo de actuación en el caso de que un empleado o cliente muestre sintomatología compatible con la COVID-19, siguiendo en todo caso las directrices de la prevención de riesgos laborales y autoridades sanitarias respectivamente, y considerando la revisión de los protocolos de limpieza y desinfección de las superficies potencialmente contaminadas.
  • La supervisión del cumplimiento de las recomendaciones y pautas dictadas por las autoridades sanitarias en relación a medidas especiales frente a la COVID-19, tanto por parte de empleados como de clientes, así como de las medidas adicionales contenidas en el plan de contingencia resultante de la evaluación de riesgos.

Accede a las Guías para la reducción del contagio por el coronavirus SARS-CoV-2 en el sector turístico:






 

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

 

 

 

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