El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) de Argentina ha unificado el procedimiento para supervisar y certificar la realización de Tratamientos de Fumigación Oficial (TFO) destinados al control de plagas cuarentenarias o que afectan a la calidad del grano durante su almacenamiento o movimiento interno. La nueva normativa entrará en vigencia el próximo 15 de mayo 2023.
Fumigación de productos agroalimentarios almacenados
La fumigación es un tratamiento para el control de plagas, basado en el uso de plaguicidas en forma gaseosa. La aplicación de gases fumigantes, que se difunden por el aire, aporta una gran poder de penetración de la sustancia activa en las mercancias, ranuras o grietas, lo que permite alcanzar niveles muy altos de eliminación de la plaga objetivo en todas las fases de su ciclo de vida.
Uno de los ámbitos de aplicación de la fumigación es en la industria alimentaria para eliminar insectos de productos agroalimentarios almacenados, ya que cuando se utilizan de forma apropiada los fumigantes y se procede a una correcta ventilación después del tratamiento, los residuos de plaguicida no suponen un riesgo para la seguridad alimentaria.
Sin embargo, los tratamientos de fumigación para el control de plagas en el grano almacenado pueden resultar peligrosos y deben realizarse por personal capacitado y en condiciones de seguridad. En este sentido, desde Argentina nos llega la notícia de la unificación del procedimiento para supervisar y certificar la realización de Tratamientos de Fumigación Oficial (TFO), destinados al control de plagas cuarentenarias o que afectan a la calidad del grano durante su almacenamiento o movimiento interno.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha desarrollado la nueva normativa de aplicación en esta materia mediante la Resolución 79/2023, que entrará en vigencia el próximo 15 de mayo de 2023.
Tratamientos de Fumigación Oficial
La aplicación de tratamientos de fumigación constituye una medida fitosanitaria eficiente para minimizar el potencial riesgo de introducción y dispersión de plagas cuarentenarias entre los países con los cuales Argentina realiza movimientos e intercambio de productos agroalimentarios reglamentados. Por lo que se considera necesario establecer un procedimiento adecuado para supervisar y certificar la realización de los estos tratamientos, unificando los lineamientos y directrices a nivel nacional, y en el ámbito del comercio internacional.
La Resolución 79/2023 alcanza a la totalidad de los Tratamientos de Fumigación Oficial (TFO) llevados a cabo en el ámbito del comercio internacional sobre artículos reglamentados (excluidas frutas y hortalizas) y cuyo fin sea el control de plagas cuarentenarias o plagas que afectan la calidad del grano durante su almacenamiento o movimiento interno. Se consideran Tratamientos de Fumigación Oficial aquellos para los cuales los exportadores e importadores solicitan la supervisión y certificación al SENASA. En todos los casos, estos tratamientos deben ser efectuados por empresas habilitadas, ser supervisados por personal del SENASA y ser realizados de conformidad con la nueva normativa.
Los TFO deben realizarse en las llamadas Unidad de Tratamiento de Fumigación (UTF), que puede ser una bodega, contenedor, silo, superficie acondicionada, etc., que cumpla con las condiciones de seguridad y hermeticidad requeridos para mantener la concentración tóxica del gas fumigante a lo largo del período de exposición.
Por otra parte, en todos los casos se debe utilizar un fumigante autorizado por el SENASA y debidamente inscrito en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal.
Entre otros aspectos, la nueva norma también establece el Certificado de Tratamiento Fitosanitario Oficial (CTFO) y sus características, establece el marco para que las provincias habiliten los sitios donde se realicen los TFO y reglamenta lo concerniente a la Unidad de Tratamiento de Fumigación (UTF).
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 79/2023
RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA