El control de la contaminación fecal del agua de red y en piscinas

El control de la contaminación fecal del agua de red y en piscinas

tratamiento del agua

El control de la contaminación fecal, tanto en el agua potable del grifo como en el agua de piscinas, son fundamentales para proteger la salud pública. Sin embargo, los enfoques y requisitos normativos varían en ambos casos debido al uso específico del agua, las fuentes de contaminación y los riesgos involucrados.

 

Contaminación fecal en el agua 

La contaminación fecal del agua de consumo representa un grave problema de salud pública, ya que puede conducir a la propagación por via fecal-oral de enfermedades infecciosas. Ya sea el agua potable distribuida por la red hasta el grifo o las aguas de uso recreativo de piscinas y spas, ambas están sometidas por normativa a procedimientos de control de una posible contaminación fecal, con el objetivo de asegurar que cumplan con estándares de seguridad adecuados. 

La presencia en el agua de algunos tipos de bacterias coliformes, bacterias normalmente inofensivas que forman parte de la microbiota intestinal natural en humanos y otros animales de sangre caliente, se ha utilizado durante décadas como herramienta simple y razonablemente fiable como indicadores para diagnosticar la contaminación del agua potable con excrementos o filtraciones de aguas residuales. Estos microorganismos indicadores de contaminación fecal, que presentan un comportamiento similar a los patógenos pero son más fáciles y económicos de identificar, se utilizan para evaluar la calidad del agua potable.

Sin embargo, los enfoques y requisitos normativos para el control de la contaminación fecal que se aplican al agua de red y a las aguas recreativas varían, ya que el uso específico del agua, las fuentes de contaminación y los riesgos involucrados son diferentes. Mientras que el agua potable del grifo está sujeta a controles estrictos a lo largo de todo su ciclo de distribución, el agua de piscinas necesita un monitoreo más frecuente debido al contacto constante con los usuarios.

Vamos a verlo con un poco más de detalle.

contaminacion fecal del agua

El caso del agua potable de red

La calidad del agua de consumo está regulada en España por el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, que establece los criterios técnico-sanitarios y el control de la calidad de las aguas de consumo durante toda la cadena de suministro, desde las masas de agua de captación hasta el grifo del usuario, incluyendo los parámetros microbiológicos que deben controlarse, entre ellos los relacionados con la contaminación fecal.

La contaminación fecal del agua destinada al consumo humano se produce principalmente debido a la descarga inadecuada de aguas residuales, la infiltración de desechos animales en fuentes hídricas o a una deficiente infraestructura sanitaria.

El control del agua se realiza en puntos a lo largo de toda la cadena de suministro (Salida ETAP, Salida de depósito de regulación / distribución, red distribución, salida de cisterna) y en los análisis de control se incluyen siempre parámetros microbiológicos indicadores de contaminación fecal. ¿Cuáles se utilizan?

  • Escherichia coli: Esta bacteria coliforme se utiliza como indicador de contaminación fecal en el agua de consumo porque es una bacteria presente de forma natural en los intestinos de humanos y animales de sangre caliente. Su presencia en el agua indica que ha habido una contaminación reciente con materia fecal, lo que sugiere que pueden estar presentes otros patógenos peligrosos como virus, bacterias o parásitos, asociados a enfermedades gastrointestinales.
    El RD 3/2023 establece para E.coli un valor paramétrico de 0 UFC o NMP en 100 ml
     
  • Enterococo intestinal: se considera  un indicador de contaminación fecal a largo plazo, en contraste con la presencia de coliformes que indican contaminación fecal a corto plazo. El valor paramétrico para el agua de consumo en España es 0 UFC o NMP en 100 ml
     
  • Clostridium perfringens (incluidas esporas): es otro indicador apropiado de contaminación fecal. Se trata de una bacteria formadora de esporas que está presente en las heces de humanos y animales, aunque tambien puede provenir de otras fuentes ambientales. Sus esporas pueden resistir los procesos de desinfección y sobrevivir en el agua mucho más tiempo que los coliformes. Es de gran utilidad como indicador cuando los coliformes están ausentes. C. perfringens es también un estupendo indicador del funcionamiento de las plantas de tratamiento del agua, ya que su presencia puede significar que el proceso de filtración y/o desinfección han resultado deficientes.
    El valor paramétrico para el agua de consumo en España es 0 UFC en 100 ml

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El caso de las piscinas

A diferencia del agua potable del grifo, el agua de las piscinas está sujeta a una mayor variabilidad en la calidad debido a la presencia de usuarios, lo que aumenta el riesgo de contaminación fecal directa.

La falta de higiene de los bañistas, el acceso de personas afectadas de diarrea o enfermedades gastrointestinales o de bebes sin pañales de baño al vaso de la piscina suelen ser las causas principales de la contaminación de las aguas recreativas en piscinas o spas con microorganismos fecales patógenos.

En este contexto, la legislación más relevante para el control de la contaminación fecal del agua en España es el Real Decreto 742/2013, que establece los criterios técnico-sanitarios de las piscinas y que tiene el objetivo de garantizar que el agua de las piscinas mantiene una calidad adecuada y es segura.

El control del agua se realiza en puntos de toma de muestras representativos de cada instalación y, como mínimo,  a la entrada del vaso o a la salida del tratamiento antes de la entrada al vaso, y en el propio vaso, en la zona más alejada a la entrada del agua al vaso.

El RD 742/2013 establece la obligatoriedad de realizar con carácter inicial y periódico (mensual) controles microbiológicos para evaluar la presencia del indicador microbiológico de contaminación fecal:

  • Escherichia coli: Su presencia nos indica, por un lado, la posibilidad de una contaminación fecal, y por otro, la posible pérdida de eficacia del desinfectante utilizado para el tratamiento del agua.
    No se permite la presencia de ninguna unidad formadora de colonia en la muestra: 0 UFC o NMP en 100 ml.

Si se supera este valor, significará que no ha habido una buena desinfección o que ha existido una recontaminación, por lo que se deberán adoptar medidas correctoras.

 

 

 

 

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