Novedades sobre el proyecto de RD para actualizar la normativa de biocidas en España

Novedades sobre el proyecto de RD para actualizar la normativa de biocidas en España

biocidas

La Comisión Europea ha publicado en su "Sistema de Información sobre Reglamentaciones Técnicas" (TRIS) el proyecto de nuevo real decreto que actualiza la legislación de biocidas en España y la armoniza con las disposiciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. El proyecto de nueva normativa de biocidas permanecerá hasta finales de abril 2026 en trámite de información pública. 

 

Actualización de la normativa nacional de biocidas

El Proyecto de Real Decreto por el que se regula el registro y las condiciones de autorización, fabricación, comercialización y uso de biocidas en España ha sido presentado a la Comisión Europea, que lo ha publicado en trámite de información pública hasta el próximo 27 de abril.

Por una parte, el proyecto busca armonizar la normativa nacional existente con las disposiciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Por otra parte, tiene el objetivo de actualizar aspectos de la normativa nacional en esta materia que no están recogidos en la normativa comunitaria o que la norma europea deja a potestad de los Estados miembros.

La nueva normativa será de aplicación a los biocidas que son objeto de regulación por el Reglamento (UE) Nº 528/2012 y tendrá carácter complementario al mismo. 

Objetivos de la nueva normativa de biocidas en España

Entre los objetivos de la nueva normativa se encuentran:

  • Regular las condiciones específicas para la autorización, fabricación, envasado, almacenamiento, comercialización y el uso de los biocidas en el territorio nacional, de acuerdo con el Reglamento (UE) n ° 528/2012 
     
  • Regular el funcionamiento del Registro Oficial de Biocidas
     
  • Regular el establecimiento de las competencias derivadas de la aplicación a nivel nacional del Reglamento de Biocidas.
     
  • Actualizar la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas
     
  • Sustituir los registros de Movimientos de Plaguicidas Peligrosos (Libro oficial de movimientos de biocidas) por un sistema de control de la trazabilidad de estos productos basado en un registro de las transacciones de adquisición, cesión o aplicación de los biocidas, que será preferentemente electrónico 
  • Regular el régimen de infracciones y sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) n ° 528/2012 
     
  • Regular las disposiciones transitorias que regulan los procedimientos nacionales en vigor durante los plazos establecidos en el artículo 89 del Reglamento (UE) n ° 528/2012 

nueva normativa de biocidas

Derogación normativa

La legislación española en materia de biocidas se encuentra dispersa en varios actos legislativos, que quedarán ordenados dentro del nuevo marco normativo.

Está previsto que con la nueva normativa se derogue:

  • El Decreto 2274/1965, de 15 de julio, por el que se establecen nuevas normas para las operaciones de desinsectación de los establecimientos de uso público.
     
  • El Real Decreto 3349/1983, de 30 noviembre, que aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, excepto los artículos 1, 2, 4, 7 y 13 de dicha Reglamentación, que se seguirán aplicando en lo que respecta a los plaguicidas no agrícolas, en cumplimiento del artículo 89 del Reglamento de Biocidas, hasta la finalización del programa para el examen sistemático de las sustancias activas existentes, recogido en el Reglamento Delegado (UE) nº 1062/2014 de la Comisión, de 4 de agosto de 2014, relativo al programa de trabajo para el examen sistemático de todas las sustancias activas existentes contenidas en los biocidas que se mencionan en el Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
     
  • El Real Decreto 3360/1983, de 30 de noviembre., por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Lejías.
     
  • El Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria segunda de este real decreto y la disposición transitoria tercera.
     
  • El Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, excepto la disposición final cuarta mientras siga en vigor la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del ROESB.
     
  • La Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 909/2001, de 27 de julio, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta.
     
  • La Orden de 24 de febrero de 1993 por la que se establece la normativa reguladora del Libro Oficial de Movimiento de Plaguicidas Peligrosos, en lo referente a plaguicidas no agrícolas.
     
  • La disposición adicional tercera del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, sobre formación de personal.

 

Referencia:

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO Y LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN, FABRICACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y USO DE BIOCIDAS, Ministerio de Sanidad

 

 

 

 

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