
La Ley de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario ha sido aprobada por el Congreso y entrará próximamente en vigor. Su objetivo es disminuir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de la cadena agroalimentaria, mediante una gestión más eficiente y sostenible de los recursos, promoviendo así la economía circular y el cumplimiento de los ODS.
Prevención de pérdidas y desperdicio alimentario
Con el objetivo último de reducir la enorme cantidad de alimentos que se tiran a la basura cada año en España, la nueva Ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario establece una serie de obligaciones para todos los agentes involucrados en la cadena alimentaria: empresas de producción, transformación y distribución de alimentos, venta minorista, hostelería, restauración, entidades para la donación de alimentos y la propia Administración pública.
Las medidas que recoge la nueva normativa se centran en la prevención del desperdicio, la donación de alimentos, el uso eficiente de los recursos y la concienciación de la ciudadania.
Plan de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario
La nueva ley establece que todos los agentes de la cadena alimentaria deberán disponer de un Plan empresarial de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario.
El Plan debe contemplar la forma en que la empresa aplicarán la jerarquía de prioridades que establece la Ley, para evitar el desperdicio de excedentes de alimentos cuya generación no se haya logrado prevenir pero que siguen siendo aptos para el consumo humano.
Esta jerarquía de prioridades establece como primera opción la donación de los alimentos, seguida de la alimentación animal, los subproductos en otra industria y finalmente, ya como residuos, el reciclado para la obtención de compost o biogas.
Los establecimientos que superen los 1.300 m2 de superficie útil de exposición y de venta al público deberán llegar a acuerdos o convenios para donar sus excedentes de alimentos a entidades de iniciativa social o bancos de alimentos.
El objetivo principal del "Plan de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario" es que las empresas hagan una evaluación de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen pérdidas de alimentos, las cuantifiquen, establezcan medidas para minimizarlas y destinen los alimentos a otros usos, siguiendo la jerarquía de prioridades.
Cuantificar el desperdicio alimentario
Todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de colaborar con las Administraciones para cuantificar el desperdicio alimentario.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación gestionará los datos para poder comparar la evolución temporal en la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, y publicará sus datos de medición, al menos, una vez al año.
Obligaciones específicas para hostelería y restauración
Las empresas de hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, salvo en los formatos de servicio de bufé libre o similares. Para ello se emplearán envases aptos para el uso alimentario, reutilizables, o fácilmente reciclables.
Las empresas deberán informar a los clientes de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú.
Donación de alimentos aptos para el consumo humano
Las empresas y entidades que se dedican a la distribución de alimentos aptos para consumo humano para donación, deberan garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entradas y salidas de los alimentos recibidos y entregados.
Deberán disponer de las instalaciones y equipos adecuados para garantizar la calidad y seguridad alimentaria de los alimentos, incluyendo dispositivos para mantener la cadena de frío, en los casos en los que resulte necesario.
Asimismo, están obligadas a mantener unas correctas prácticas de higiene en la conservación y la manipulación de los alimentos bajo su control, asumiendo la gestión desde el momento de la entrega del producto por parte del donante.
Buenas prácticas de los agentes de la cadena alimentaria
Las empresas que venden alimentos al consumidor final deberán velar por mejorar la información sobre la seguridad del consumo de productos 'imperfectos' o 'poco estéticos' y fomentar las líneas de venta de estos productos, así como de los alimentos de producción más sostenible, siempre cumpliendo con las normas de comercialización vigentes en la Unión Europea.
Como medidas voluntarias de buenas prácticas para prevenir las pérdidas y desperdicio alimentario se mencionan: incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima de acuerdo con la jerarquía de prioridades, promover el consumo de los productos de temporada, los de proximidad, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles, e incorporar y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los alimentos.
También las administraciones públicas deberán jugar un papel clave en la lucha contra el desperdicio alimentario promocionando tanto campañas de sensibilización sobre hábitos de consumo responsable, como el desarrollo de soluciones innovadoras para minimizar el desperdicio.
Además, se incentivará la creación de nuevos modelos de negocio enfocados en la reutilización de excedentes alimentarios y en la investigación para prolongar la vida útil de los productos.
Racionalización de las fechas de consumo preferente
El Gobierno adoptará políticas públicas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
Todas las administraciones deberán:
- Llevar a cabo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y de consumo preferentemente a las personas consumidoras, así como a agentes distribuidores y productores.
- Incentivar que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos, hasta el máximo que garantice la adecuada calidad del producto y la seguridad alimentaria.
- Promover la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.
- Realizar estudios e investigaciones industriales orientadas a la mejora del marcado de fechas de consumo preferente en relación con la calidad de los alimentos
Modificación de la Ley de residuos y suelos contaminados
Se modifican los apartados 4 y 6 del artículo 18 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que pasarán a tener la redacción siguiente:
- Apartado 4: "Con el fin de promover la prevención de envases de un solo uso los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados promoverán su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables, para promover la reducción del desperdicio alimentario y la generación de envases.
Todos los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y bebidas, así como alimentos cocinados, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento. Tales recipientes podrán ser rechazados por el comerciante para el servicio si están manifiestamente sucios o no son adecuados. A tal fin, el punto de venta deberá informar al consumidor final sobre las condiciones de limpieza e idoneidad de los recipientes reutilizables."
- Apartado 6: "Todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de colaborar con las Administraciones para la cuantificación de los residuos alimentarios de cara al cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 65.5 b), y en aplicación de lo previsto en la Directiva 2008/98/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos y por la que se derogan determinadas directivas.'
Podéis consultar aquí el texto íntegro aprobado por el Congreso