Lambda-cihalotrina y Fipronil incluidas en la lista positiva de sustancias activas biocidas

Lambda-cihalotrina y Fipronil incluidas en la lista positiva de sustancias activas biocidas

ue-logoLa lambda-cihalotrina y el fipronil han sido incluidas como sustancias activas autorizadas en el Anexo I de la Directiva de Biocidas 98/8/CE. Ambas sustancias  como tipo de producto 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).

 

 

 

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DIRECTIVA 2011/80/UE DE LA COMISIÓN de 20 de septiembre de 2011 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la lambda-cihalotrina como sustancia activa en su anexo I.

Nombre común: lambda-cihalo­trina
Pureza mínima de la sustancia activa:
900 g/kg
Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2013
Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2023
Tipo de biocida: 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).

Disposiciones específicas:

  • No se autorizarán los biocidas aplicados de manera tal que no puedan evitarse emisiones a una planta de tratamiento de aguas residuales, a no ser que se presenten datos que de­muestren que el producto va a cumplir los requisitos del artículo 5 y del anexo VI, si procede mediante la aplicación de las medidas de reducción del riesgo adecuadas.
  • Los biocidas autorizados para uso profesional deberán utili­zarse con el equipo de protección individual adecuado, a menos que pueda demostrarse en la solicitud de autorización del biocida que los riesgos para los usuarios profesionales pueden reducirse a un nivel aceptable por otros medios.
  • Por lo que respecta a los biocidas que contengan lambda-cihalotrina que puedan dar lugar a residuos en alimentos o piensos, los Estados miembros comprobarán la necesidad de establecer límites máximos de residuos (LMR) nuevos o mo­dificar los existentes según el Reglamento (CE) no 470/2009 o el Reglamento (CE) no 396/2005, y adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo que garanticen que no van a excederse los límites máximos de residuos aplicables.»

 

pdfDIRECTIVA 2011/79/UE DE LA COMISIÓN de 20 de septiembre de 2011 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el fipronil como sustancia activa en su anexo I.

Nombre común: Fipronil
Pureza mínima de la sustancia activa:
950 g/k
Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2013
Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2023
Tipo de biocida: 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).

Disposiciones específicas:

  • En la evaluación del riesgo realizada a escala de la Unión solo se ha abordado el uso profesional en interiores en lugares normalmente inaccesibles, tras la aplicación, para seres humanos y animales domés­ticos. Al evaluar la solicitud de autorización de un biocida, conforme al artículo 5 y al anexo VI, los Estados miembros evaluarán, cuando proceda según el biocida concreto, los usos o los supuestos de exposición y los riesgos para los compartimentos medioambientales y las poblaciones humanas que no se hayan abordado de forma representativa en la evaluación del riesgo a nivel de la Unión.»

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