El naled no ha sido autorizado por la Comisión Europea como sustancia activa en biocidas del tipo 18, insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos, debido al potencial riesgo que representa para la salud humana y medio ambiente. Los biocidas de tipo 18 que contengan naled dejaran de comercializarse a partir del 1 de noviembre de 2012.
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 11 de mayo de 2012 relativa a la no inclusión del naled en relación con el tipo de producto 18 en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas.
Riesgo para la salud y el medio ambiente
Siguiendo el proceso de evaluación de sustancias activas biocidas, establecida en la Directiva 98/8/CE, para su inclusión en los anexos I, IA o IB de dicha Directiva, la Comisión no ha aprobado el uso del naled en biocidas del tipo 18.
Por este motivo, los biocidas del tipo de producto 18 que con tengan naled (No CAS 300 76 5; No CE 206-098-3) dejarán de comercializarse con efectos a partir del 1 de noviembre de 2012.
La evaluación realizada del riesgo para la salud humana y la evaluación del riesgo para el medio ambiente han puesto de manifiesto un riesgo potencial inaceptable. Además, la evaluación no ha demostrado una eficacia suficiente.