La CE establece un contenido máximo para las sustancias perfluoroalquiladas (PFAS) en los alimentos

La CE establece un contenido máximo para las sustancias perfluoroalquiladas (PFAS) en los alimentos

pfas

La dieta se considera la principal fuente de exposición a las sustancias PFAS, contaminantes persistentes en el medio ambiente que se han relacionado con efectos adversos para la salud. La Comisión Europea (CE) ha fijado contenidos máximos para estas sustancias en los productos alimentarios para garantizar un alto nivel de protección de la salud humana. La nueva normativa será aplicable a partir del 1 de enero de 2023.


 

Sustancias PFAS, una preocupación para la seguridad alimentaria

La contaminación de los alimentos con el ácido perfluorooctanosulfónico (PFOS), el ácido perfluorooctanoico (PFOA), el ácido perfluorononanoico (PFNA) y el ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS),  las cuatro sustancias perfluoroalquiladas (PFAS) con mayor vida media en el organismo, preocupa a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). 

Las sustancias perfluoroalquiladas (PFAS), que se han utilizado y se utilizan de forma generalizada en aplicaciones comerciales e industriales, se bioacumulan en las cadenas alimentarias acuáticas y terrestres y contaminan los alimentos, algunos de ellos de consumo generalizado. Existen todavía interrogantes abiertos sobre la presencia de sustancias PFAS en muchos alimentos, pero las conclusiones de la Autoridad Europea para la Seguridad Alimentaria (EFSA)  apuntan a que estos contaminantes suponen un riesgo de seguridad alimentaria para parte de la población europea.

La principal fuente de exposición a las sustancias PFAS se considera la dieta, sin embargo es probable que el uso de materiales en contacto con los alimentos que contengan sustancias PFAS contribuya a la exposición humana a estos contaminantes.

Ingesta semanal tolerable (IST)

En el 2020 la EFSA dictaminó que el PFOS, el PFOA, el PFNA y el PFHxS pueden tener efectos sobre el desarrollo y provocar efectos adversos en el colesterol sérico, el hígado, el peso al nacer y muy especialmente sobre el sistema inmunitario.

Por lo que la Autoridad estableció una ingesta semanal tolerable (IST) por grupo de 4,4 ng/kg de peso corporal por semana para la suma de PFOS, PFOA, PFNA y PFHxS, una cantidad que también protege contra los demás efectos de estas sustancias. La ingesta semanal tolerable es la máxima cantidad de un contaminante que puede ingerir una persona semanalmente durante toda su vida sin manifestar efectos adversos sobre su salud. 

Sin embargo, según datos de la EFSA, partes de la población europea superan la ingesta semanal tolerable, por lo que todavía existe motivo de preocupación.

sustancias PFAS

Este año, el pasado mes de agosto, la CE emitió la Recomendación (UE) 2022/1431 con el fin de obtener datos representativos sobre las PFAS en alimentos, en la que establece que los Estados Miembros, en colaboración con los explotadores de empresas alimentarias, deben monitorizar la presencia y la concentración del PFOS, el PFOA, el PFNA y el PFHxS en una amplia variedad de productos alimentarios, que reflejen los hábitos de consumo nacional, durante los años 2022 a 2025. 

En esta Recomendación se establecen también unos niveles indicativos para determinados alimentos, que en caso de ser superados, deberán investigarse las causas de la contaminación.

Y, para garantizar la fiabilidad y la coherencia de los controles oficiales de los contenidos máximos de PFAS en determinados alimentos, se publicó también el pasado agosto el Reglamento de Ejecución 2022/1428 en cuyo Anexo se establecen los requisitos detallados para los métodos de muestreo y en los análisis de laboratorio.

 

Contenido máximo en determinados alimentos

Ahora, la Comisión Europea ha dado un paso más para disminuir la exposición a las sustancias PFAS y garantizar un alto nivel de protección de la salud humana, mediante el establecimiento de contenidos máximos de estos contaminantes en algunos alimentos.

Para ello, con el Reglamento (UE) 2022/2388, se añade la "Sección 10: Sustancias perfluoroalquiladas" en el anexo del Reglamento (CE) n.o 1881/2006,  por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios.

 

sustancias PFAS
sustancias PFAS

La nueva normativa será aplicable a partir del 1 de enero de 2023. Sin embargo, teniendo en cuenta que algunos productos alimenticios a los que se aplica tienen una vida útil larga, los productos alimenticios que figuran en el anexo comercializados legalmente antes del 1 de enero de 2023 podrán seguir comercializándose hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.

 

REGLAMENTO (UE) 2022/2388 DE LA COMISIÓN de 7 de diciembre de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1881/2006 en lo que respecta al contenido máximo de sustancias perfluoroalquiladas en determinados productos alimenticios

 

 

 

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