El pasado mes de febrero el Ministerio de Sanidad publicó el Proyecto de Orden para actualizar la normativa vigente en materia de sustancias para la potabilización del agua destinada a la producción de agua de consumo humano. La normativa incluye sustancias como biocidas, antiincrustantes, adsorventes, sustancias utilizadas en la filtración, etc.
A la vista de nuevos conocimientos en las políticas europeas y nacionales, se hace necesaria una actualización de las sustancias relacionadas con el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano, recogidas en el anexo II del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero.
La nueva normativa derogará a la actual Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, que regula las sustancias destinadas al tratamiento del agua de consumo humano.
El objetivo principal de la normativa es preservar la salud, mediante una mejor calidad del agua de consumo y una mejora de los procesos de potabilización.
Como elementos novedosos se incluyen:
- Se actualiza en 6 sustancias la lista positiva de sustancias para el tratamiento de potabilización del agua, de acuerdo con las nuevas normas del Centro Europeo de Normalización y de AENOR
- Se suprime la exigencia de certificación de producto del Anexo III (Demostración del cumplimiento de la norma UNE-EN) para facilitar la puesta en el mercado de los productos.
Biocidas de tipo 5 ("desinfectantes para el agua potable, tanto para los seres humanos como para animales") incluidos en la lista positiva:
BIOCIDA | Lugar de aplicación | Condiciones de aplicación |
Cloro | Planta de tratamiento.
Proceso unitario. |
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Dióxido de azufre | Planta de tratamiento. | |
Dióxido de cloro | Planta de tratamiento.
Proceso unitario. Instalaciones interiores. |
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Hipoclorito de calcio | Planta de tratamiento.
Proceso unitario. Instalaciones interiores. |
También se puede usar en procesos unitarios de tratamiento e instalación interior. |
Hipoclorito de sodio | Planta de tratamiento.
Proceso unitario. Instalaciones interiores. |
También se puede usar en procesos unitarios de tratamiento e instalación interior. |
Peróxido de hidrógeno | Planta de tratamiento.
Proceso unitario. Instalaciones interiores. |
También se puede usar en procesos unitarios de tratamiento e instalación interior. |
Peroximonosulfato de potasio | Planta de tratamiento. | |
Ácido tricloroisocianúrico | - Siempre se utilizarán como primera opción los biocidas anteriores, cuando no se disponga de ellos, se podrán utilizar,con previa autorización de uso por la autoridad sanitaria competente.
- Utilización temporal, nunca mas de 50 días por año, mientras que no sea posible la utilización de desinfectantes anteriores. - Como desinfectante del agua de consumo humano: según disponga la autoridad sanitaria competente. |
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Dicloroisocianurato de sodio, anhidro | ||
Dicloroisocianurato de sodio, dihidratado |
Fuente: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad