La CE establece requisitos para los métodos analíticos aplicables en los controles oficiales de la seguridad alimentaria

La CE establece requisitos para los métodos analíticos aplicables en los controles oficiales de la seguridad alimentaria

La CE ha establecido requisitos armonizados a nivel de la UE para los métodos analíticos que deben utilizar los laboratorios cuando analicen las muestras tomadas en los controles oficiales para verificar el cumplimiento, por parte de los operadores de empresas alimentarias, de los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios establecidos en el Reglamento 2073/2005.

 

Controles oficiales para la seguridad alimentaria

Los controles oficiales que llevan a cabo las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE tienen por objetivo, entre otros, verificar el cumplimiento, por parte de los operadores de empresas alimentarias, de las normas y criterios establecidos en el Reglamento (CE) nº 2073/2005 relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.

Para ello, el Reglamento (UE) 2017/625 establece normas comunitarias para la realización de los controles oficiales por parte de las autoridades competentes de los Estados miembros, en todas las fases del proceso de producción, transformación y distribución de la cadena agroalimentaria.

Las autoridades competentes deben designar laboratorios oficiales para realizar los análisis, ensayos y diagnósticos de laboratorio de las muestras tomadas durante los controles oficiales. Sin embargo, hasta el momento no existian normas armonizadas a nivel de la UE sobre los métodos específicos de análisis de laboratorio que deben utilizarse para el análisis de las muestras tomadas en los controles oficiales

Se considera que esta situación podría perjudicar la calidad de los controles oficiales de los productos alimenticios comercializados y crear distorsiones de la competencia.

Por lo que la CE ha establecido requisitos de la Unión para los métodos analíticos que deben utilizar los laboratorios oficiales cuando analicen muestras oficiales, con el fin de garantizar una mayor uniformidad, fiabilidad y coherencia.

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Métodos de análisis en controles oficiales

Los requisitos que se establecen en la UE para los métodos de análisis en controles oficiales son:

  • Para el análisis de las muestras tomadas durante los controles oficiales, los laboratorios oficiales utilizarán los métodos analíticos de referencia contemplados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 2073/2005.
     
  • No obstante el punto anterior, las autoridades competentes podrán autorizar a los laboratorios oficiales designados a utilizar métodos analíticos alternativos, tales como métodos registrados, siempre que estén validados con respecto a los métodos analíticos de referencia contemplados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 2073/2005,  de conformidad con el protocolo establecido en la norma EN ISO 16140-2 y estén validados, o bien para la categoría de alimentos especificada en el criterio microbiológico pertinente establecido en el citado anexo, o bien para un conjunto amplio de alimentos, como se contempla en la norma EN ISO 16140-2. Las autoridades competentes también podrán autorizar que laboratorios oficiales designados utilicen métodos analíticos alternativos si estos métodos analíticos alternativos están validados de conformidad con otros protocolos científicos internacionalmente aceptados.
     
  • Cuando los métodos alternativos sean métodos registrados, deberán estar certificados por un organismo de certificación independiente. La certificación incluirá un resumen de los resultados de la validación del método registrado, o una referencia a dichos resultados, y una declaración sobre la gestión de la calidad del proceso de producción del método. La certificación mostrará que la garantía del proceso de producción por el fabricante ha sido evaluada y estará sujeta a una nueva evaluación, al menos cada cinco años, mediante procedimientos de renovación.

 

 

Referencia:

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2463 DE LA COMISIÓN de 12 de septiembre de 2024 por el que se establecen métodos analíticos aplicables a los controles oficiales efectuados para la verificación del cumplimiento del Reglamento (CE) n.o 2073/2005 por parte de los explotadores de empresas alimentarias

 

 

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