
Siguiendo con la implementación de Directiva del Agua Potable, las empresas que producen o comercializan materiales en contacto con el agua de consumo humano ya pueden indicar las sustancias que desean conservar, añadir o eliminar de la Lista Positiva Europea. Todos estos materiales deberán cumplir con unos requisitos mínimos de higiene para mantenerse en el mercado de la UE.
Materiales en contacto con el agua: requisitos de higiene
En el marco de la Directiva (UE) 2020/2184 (DWD) sobre agua destinada a consumo humano, el pasado año la Comisión Europea adoptó unos requisitos mínimos de higiene que deben cumplir los materiales en contacto con el agua utilizados para extracción, tratamiento, almacenamiento o distribución del agua destinada al consumo humano para seguir estando autorizados en el mercado de la UE.
Para implementar la nueva normativa, la CE ha creado la Lista Positiva Europea, que presenta las sustancias de partida (para materiales orgánicos), las composiciones (para materiales metálicos e inorgánicos) y los constituyentes (para materiales cementosos) que se pueden utilizar en la fabricación de materiales que luego se utilizan para elaborar productos en contacto con agua potable (por ejemplo, una tubería, una válvula, un medidor de agua o un depósito).
El objetivo de esta propuesta es, por una parte, fortalecer la seguridad y calidad del agua potable en la Unión Europea y, por otra, armonizar y facilitar la autorización y comercialización de los materiales en contacto con el agua de consumo a nivel de la UE.

Inclusión o retirada del mercado
La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Quimicas (ECHA), ha abierto el plazo para que las empresas notifiquen sus intenciones de conservar, añadir o eliminar materiales de la Lista Positiva inicial, con 2.042 entradas, que puede consultarse en el portal ECHA CHEM.
A través del Portal de la Industria de la ECHA, las empresas pueden indicar las sustancias que desean conservar, añadir o eliminar de la Lista Positiva Europea. Las notificaciones conforme a la Directiva sobre el Agua Potable se elaboran en formato IUCLID.
Tras la presentación de una notificación de intención, los operadores disponen de 12 meses para presentar una solicitud de modificación de la Lista Positiva Europea, trámite que podrá realizarse a partir de enero de 2027.
Encontraréis amplia información sobre este tema en la web de ECHA.








