El pasado mes de junio la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utililización de productos fitosanitarios y biocidas
Esta norma deroga la anterior vigente, de 1998, y extiende su ámbito de aplicación a distribuidores, vendedores y otros operadores. La expedición del carné se realizará previa superación de unos cursos de capacitación especiales para el tipo de intervención y clase de plaguicida que se utilice. Existe así la capacitación básica, la cualificada y la especial, y en el caso de los fitosanitarios se establece un nivel para fumigadores y pilotos agroforestales.
El decreto establece un plazo de cinco años para que los aplicadores no profesionales de biocidas para la higiene veterinaria adquieran el carné y fija en diez años la validez de la capacitación una vez superada la prueba.
Por otro lado, el texto incluye aspectos relacionados con la trazabilidad o la prevención de riesgos laborales, entre otros.
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