La ECHA apoya la autorización de sustancias biocidas candidatas a la exclusión

La ECHA apoya la autorización de sustancias biocidas candidatas a la exclusión

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En su última reunión de 2019 el pasado diciembre, el Comité de Biocidas de la ECHA dictaminó apoyar la aprobación de cuatro sustancias activas con características que las clasifican como candidatas a la sustitución. El motivo de que puedan ser aprobadas es que sus expedientes se presentaron antes de que el Reglamento 528/2012 entrara en vigor y, por lo tanto, se han evaluado de acuerdo a la antigua Directiva 98/8/EC.

 

El pasado mes de diciembre, el Comité de Biocidas (BPC) de la ECHA emitió su opinión positiva sobre las solicitudes de autorización de las siguientes combinaciones de sustancias activas biocidas para determinados tipos de producto:

  • Icaridina para TP19 (repelentes y atrayentes)
  • Cianamida para TP3 (higiene veterinaria) y TP18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos)
  • Formaldehído para TP2 (desinfectantes y alguicidas no destinados a la aplicación directa en humanos o animales) y TP3 (higiene veterinaria);
  • Carbendazim paraTP7 (conservantes de película) y TP10 (conservantes de materiales de construcción).

Ya en reuniones anteriores, el BPC había votado a favor de aprobar estas sustancias, pero debido a que el Comité ya no puede adoptar dictámenes sin una evaluación de apoyo de las propiedades de alteración endocrina de las sustancias, los expedientes fueron devueltos a las respectivas Autoridades Competentes evaluadoras (eCA) para llevar a cabo dichas evaluaciones.

Para la cianamida, la eCA alemana concluyó, y el BPC confirmó, que esta sustancia activa cumple con los criterios de disruptor endocrino. Para las otras sustancias activas, el Comité no pudo llegar a ninguna conclusión basada en los datos disponibles.

Como disruptor endocrino, la cianamida cumple con los criterios de exclusión y normalmente no estaría aprobada bajo el Reglamento de biocidas (BPR). Lo mismo aplica al carbendazim, que se clasifica como reprotóxico y mutágeno, y al formaldehído, que se clasifica como carcinógeno y mutágeno.

No obstante, las sustancias pueden aprobarse porque sus expedientes se presentaron antes de que el BPR entrara en funcionamiento. Por lo tanto, todavía se han evaluado según las normas de la antigua Directiva sobre biocidas (BPD). Sin embargo, sus aprobaciones se limitarán a cinco años y las posteriores reevaluaciones seguirán las reglas del actual BPR.

Usos de las sustancias 

  • La icaridina en el tipo de producto 19 es un repelente de insectos, de uso por el público en general. 
  • La cianamida en TP3 se utiliza para la desinfección del estiércol líquido almacenado bajo el suelo en los establos de cerdos, contra la bacteria Brachyspira hyodysenteriae, con el fin de proteger a los cerdos de engorde contra la disentería. 
    En TP18, la cianamida tiene un uso profesional como insecticida para el control de larvas de mosca (Musca domestica) en el estiércol líquido en establos de cerdos.
    Esta sustancia ha sido ya objeto de dos consultas públicas como posible candidata para la sustitución bajo el BPR.
  • El formaldehído en productos TP2 es usado por profesionales como desinfectante en áreas de la salud pública y privada, en la limpieza profiláctica manual de superficies, asi como mediante fumigación en caso de peligro de epidemia.
    En productos TP3 el formaldehído se usa como desinfectante para la higiene veterinaria en áreas en las que se alojan, mantienen o transportan animales, para prevenir enfermedades.
  • Los biocidas TP7 que contienen carbendazim se usan como fungicidas en productos conservantes que se aplican o incorporan a aplicaciones finales, como pueden ser las pinturas.
    En el tipo de producto 10, los biocidas que contienen carbendazim se usan como fungicida en conservantes de materiales de construcción, que se aplican o incorporan en productos finales como yesos. 
    Los productos que contienen carbendazim son de uso profesional, mientras que los productos finales tratados pueden ser utilizados por profesionales y no profesionales.
    La Comisión Europea negó recientemente la aprobación del carbendazim para su uso en fibra, cuero, caucho y conservantes de materiales polimerizados (tipo de producto 9).

La Comisión, junto con los Estados miembros de la UE, tomará la decisión final sobre la aprobación de estas sustancias activas.

 

Fuente: ECHAchemicalwatch.com

 

 

 

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