Aplicación de la modificación del CTE respecto al radón en edificios

Aplicación de la modificación del CTE respecto al radón en edificios

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La exposición al gas radón en edificios se considera el principal factor de riesgo de cáncer de pulmón en personas no fumadoras. Con la reciente modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) se introduce una nueva sección (HS6) de protección frente al gas radón, cuyo plazo de aplicación obligatoria se iniciará a partir del próximo mes de junio. 

 

El Código Técnico de la Edificación (CTE), el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, fue modificado el pasado mes de diciembre 2019 ( RD 732/2019) con el fin de transponer al marco reglamentario español aspectos de algunas DIrectivas europeas, entre ellas la Directiva 2013/59/EURATOM que establece normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes.

El resultado de esta transposición parcial es una nueva sección del CTE: la Exigencia básica de salubridad HS 6. Protección frente a la exposición al radón, que supondrá una mejora sustancial de la calidad ambiental interior de muchos edificios residenciales y centros de trabajo en España.

El radón presente en el interior de los edificios procede principalmente del terreno, penetrando a través de grietas, juntas y materiales porosos de los cerramientos del edificio en contacto con el suelo, por lo que las mayores concentraciones del gas se localizan en sótanos y plantas bajas. 

Cuando el radón llega al ambiente exterior se diluye rápidamente en el aire, pero cuando lo hace a un espacio cerrado y poco ventilado, como puede ser el interior de un edificio, puede concentrarse y representar un serio riesgo para la salud de las personas.

De acuerdo a la nueva exigencia básica de salubridad HS 6, los edificios deberán disponer de medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición al radón procedente del terreno en recintos  cerrados.

¿Cuál es el ámbito de aplicación de esta nueva exigencia? 

Los términos municipales en los que, en base a las medidas realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear, se considera que hay una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin soluciones específicas de protección frente al radón presenten concentraciones de radón superiores al nivel de referencia establecido en 300 Bq/m3 . 

La clasificación completa de municipios de España, divididos en 2 zonas en función del potencial de radón, puede consultarse en el Apéndice B del RD 732/2019.

La HS6 se aplica a todos los edificios de nueva planta que se construyan en estos términos municipales (zona 1 y zona 2) y también a los edificios existentes en estas zonas en los que se vaya a realizar una intervención de reforma que afecte a algún elemento constructivo que influya en la concentración de radón, así como a las ampliaciones y a las zonas del edificio afectadas por un cambio de uso.

No será de aplicación a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes que, en ambos casos tengan solicitada la licencia municipal de obras hasta el 27 de diciembre de 2019.

¿Qué soluciones pueden aplicarse en obras nuevas? 

  • En términos municipales ZONA 1 = A o B
  • En términos municipales ZONA 2 = A + (B o C)

¿Cuales en rehabilitación de edificios?

Otras soluciones para edificios existentes, alternativas o complementarias a las propias de obra nueva (A, B y C), son el sellado de los cerramientos en contacto con el terreno (D) y la mejora de la ventilación (E).

¿Cuando es obligatoria su aplicación?

A partir  de la  entrada  en vigor del RD 732/2019  que modifica al CTE, se establece un período voluntario de aplicación de 6 meses, hasta el 28 de junio de 2020. 

Este período se ha visto afectado por el estado de alarma, por lo que se amplía de la siguiente forma: hasta el 28 de junio (fecha original de inicio de la aplicación obligatoria) + Número de días naturales de duración del estado de alarma.

 

Fuente: www.codigotecnico.org

 

 

 

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