El control de la calidad del agua de consumo en la UE da un paso más con la publicación de la primera "lista de observación" de sustancias o compuestos que suscitan preocupación pública o entre la comunidad científica por motivos de salud. Como estaba previsto en la nueva Directiva europea del Agua 2020/2184, la lista incluye inicialmente dos sustancias, el β-estradiol y el nonilfenol, debido a sus propiedades de alteración endocrina.
Calidad del agua de consumo humano
Entre las novedades introducidas con la nueva Directiva (UE) 2020/2184, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, se encuentra la observación de sustancias y compuestos considerados como peligros emergentes.
Con este fin, la Comisión Europea adoptó el pasado 19 de enero 2022 una Decisión de Ejecución con la que se establece una "lista de observación" de sustancias y compuestos que generan preocupación por sus efectos sobre la salud, como pueden ser los productos farmacéuticos, los compuestos con propiedades de alteración endocrina o los microplásticos.
Tal y como ya se determina en la Directiva 2020/2184, en la primera lista de observación han quedado incluidos el β-estradiol y el nonilfenol debido a sus propiedades de alteración endocrina y al riesgo que plantean para la salud humana.
Establecer un monitoreo de rutina para todas las sustancias con propiedades de alteración endocrina (EDC) no es factible para prevenir la contaminación del agua potable, por lo que no han quedado incluidas en el Anexo I de la Directiva 2020/2184. En lugar de esto, se utilizan EDCs representativos y valores de referencia precautorios considerados adecuados para proteger la salud humana y también, especialmente, la vida acuática, mucho más sensible a los efectos de los EDC estrogénicos que los mamíferos.
El β-estradiol y el nonilfenol se eligieron como sustancias de referencia porque se sabe que están presentes en las fuentes de aguas superficiales que están afectadas por efluentes de aguas residuales tratadas.
Esta lista de observación se irá actualizando y ampliando con otras sustancias y compuestos que puedan estar presentes en aguas destinadas al consumo humano y que puedan plantear un riesgo potencial para la salud humana. Para tomar la decisión de incluir nuevas sustancias o compuestos, la CE se basará particularmente en las investigaciones científicas de la OMS sobre este tema.
Lista de observación de peligros emergentes
En la lista de observación se determina un valor indicativo para cada sustancia o compuesto y, cuando sea necesario, un posible método de análisis que no conlleve costes excesivos.
Basándose en las recomendaciones más actuales de la OMS en relación con los parámetros del agua potable, en la Decisión de Ejecución de la CE se establecen valores orientativos de 300 ng/l para el nonilfenol y 1 ng/l para el 17-beta-estradiol.
Los Estados Miembros deberán poner en práctica requisitos de control en relación a la posible presencia de las sustancias o compuestos incluidos en esta lista, en los puntos pertinentes de la cadena de suministro de aguas destinadas al consumo humano.
Cuando se detecte una sustancia o componente incluido en la lista de observación en concentraciones superiores a los valores orientativos fijados, los Estados Miembros deberán velar por que se tomen medidas preventivas, de atenuación y un control adecuado para proteger la salud humana.
COMMISSION IMPLEMENTING DECISION of 19.1.2022 establishing a watch list of substances and compounds of concern for water intended for human consumption as provided for in Directive (EU) 2020/2184 of the European Parliament and of the Council
ANNEX to the Commission Implementing Decision establishing a watch list of substances and compounds of concern for water intended for human consumption as provided for in Directive (EU) 2020/2184 of the European Parliament and of the Council