Edificios de calidad de aire interior y PRL

Edificios de calidad de aire interior y PRL


Autor: Vicente M. Picó Puchades (presidente de ACESEM)

La calidad de aire interior, desde mi punto de vista, es uno de los temas que menos interés legislativo despierta entre los responsables de la sanidad pública, salvo excepciones. Las personas, que podemos pasar hasta trece días sin comer y hasta tres días sin beber, difícilmente podemos pasar más de tres minutos sin respirar. ¿No debería, pues, preocuparnos considerablemente la calidad del aire que respiramos? Lo dicho arriba tiene que ser motivo de preocupación para los responsables de la salud pública y, también, para quienes somos asimismo responsables, directa o indirectamente, de la salud de cualquier persona.

 

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Sin embargo, ocurre que las consecuencias de un alimento en malas condiciones, incluyendo el agua, se manifiestan normalmente de forma casi inmediata sobre las personas. Y ocurre, asimismo, que dicho alimento tiene siempre asociado una persona física o jurídica como productor, fabricante, manipulador y/o distribuidor del alimento. Este, con nombre y apellidos, pagará de inmediato las consecuencias económicas de, primero, la respuesta del mercado como rechazo de su producto, y de, segundo, las responsabilidades e indemnizaciones que particulares y administración pública le reclamarán indudablemente.

Dicho de otro modo, asociar la consecuencia sanitaria con la causa y conocer al responsable de la misma, facilita, no sólo actuar, sino concienciar a las personas que pudieran ser responsables en situaciones similares para que procedan siempre de forma preventiva.

Con el aire no es sencillo. Ni es fácil asociar la consecuencia a la causa ni es sencillo determinar de quién es la responsabilidad. Las consecuencias de una mala calidad de aire interior se manifiestan de muy diferentes formas sobre las personas y lo hacen con síntomas comunes con otras muchas afecciones de diferente origen. El aire, entiéndaseme, no es un bien tangible ni es propiedad de nadie, ni, a priori, ha sido producido por nadie; como mucho ha sido manipulado y/o distribuido por alguien. Todo ello hace francamente difícil la determinación de responsabilidades como consecuencia de una mala calidad de aire.

 

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Esta es, a mi entender, la causa de que no exista entre los responsables de la calidad de aire interior la preocupación que le correspondería. Y considero que, sin una legislación mínima, va a ser difícil lograr que dicha preocupación nos garantice ambientes de trabajo, ocio y vida con una calidad de aire garantizada.

El hombre urbano pasa hasta un 80% ó 90% de su tiempo en ambientes cerrados: en las viviendas, en el trabajo, en las guarderías, en los edificios públicos , en los centros comerciales... incluso en los espacios dedicados al ocio. Para que esto sea así es del todo necesario alcanzar las condiciones ambientales de confort que lo permitan. Buscamos un ambiente con unos ciertos rangos de temperatura y humedad (bases de confort). Esto hace imprescindible la manipulación del aire. Sometelo a un proceso de enfriamiento o calentamiento y también, en muchos casos, a uno de distribución conducida del mismo. Añadamos a esto que la búsqueda de dicho confort se debe hacer teniendo en cuenta criterios de ahorro energético, incluso de diseño, lo que hace más difícil aún la obtención de la mejor calidad de aire interior.

El aire de entrada a los sistemas de climatización (aire exterior o interior reciclado) no es visualmente difente del aire que respiramos en el interior de las edificaciones. Sin embargo, ciertas mediciones nos demuestran, sin ningún género de duda, que no están en la mismas condiciones físicas, químicas ni biológicas.

¿Es aceptable cualquier aire? (personalmente, creo que debería de utilizarse el concepto de aire potable, a similitud del agua, más que aire aceptable). Según las normas UNE se considera aire de calidad aceptable a aquel que, sin contener substancias que resulten nocivas para la salud de las personas, es juzgado como satisfactorio por un mínimo del 80% de las personas expuestas al mismo. Y se considera aire de calidad aceptable, según la Organización Mundial de la Salud, ".....cuando la naturaleza física y química del aire en el interior de las edificaciones produce un estado completo de bienestar mental, físico y social en los usuarios, en ausencia de enfermedad y debilidad".

 

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¿Qué pasa si el Aire Interior no reúne las condiciones de aceptabilidad arriba definidas? En términos evaluables de produción laboral, donde puede traducirse a dinero la influencia de una mala calidad de aire interior, los estudios estiman que la productividad de los individuos en centros de trabajo con ambientes de calidad deficientes se ve disminuida en un valor entre el 10% y el 20%. Ello sin mencionar el absentismo laboral producido por esta misma causa. Además, un tercio de los edificios en la CEE y los EE.UU. de América tienen una calidad de aire interior deficiente.

¿Cómo se manifiesta una calidad de aire interior deficiente? Causando sobre los ocupantes de edificio (normalmente solo parte de ellos) dos tipos potenciales de afecciones. Uno, consecuencias clasificables dentro del Síndrome del Edifico Enfermo (SEE), y, dos, enfermedades de etiología conocida asociadas al edificio.

Se considera que un edificio está enfermo (SEE) cuando al menos el 20% de sus ocupantes padecen una serie de síntomas, como irritaciones oculares, de nariz, de garganta, sequedad de ojos, de nariz, de piel, etc. incluso síntomas neurológicos (fatiga mental, poca concentración, jaquecas...), cambios en la capacidad organoléptica, y otros síntomas de este tipo.

No teniendo que manifestar todos ellos, ni que los síntomas manifestados sean exactamente los mismos en todas en todas las personas. Además, condición imprescindible, los síntomas desaparecen al poco de abandonar el edificio y vuelven a aparecer al entrar en él.

Las enfermedades de etiología conocida asociada al edificio son enfermedades causadas por un agente microbiano conocido y con origen en el edificio. Ejemplo típico de ello son las infecciones causadas por la bacteria legionella.

La manipulación del aire puede ser causa de una mayor contaminación biológica y por inertes (partículas), así como, pero en mucha menor posibilidad, por gases. La norma UNE 100-012 define una serie de Límites de Aceptabilidad en referencia a las instalaciones de aire acondicionado y del aire que manipulan.

La Federación Española de Empresas de calidad de aire interior (FEDECAI), de la cual ACESEM (Asociación Catalana de Empresas Especialistas en el síndrome del edificio enfermo) es parte fundamental, conscientes de la importancia de la calidad de aire interior sobre la salud de las personas y sobre la economía nacional, ha dado un paso importantísimo al desarrollar un Programa de Certificación de Calidad Ambiental en Interiores que permite calificar a los edificios en aquellos con una calidad de aire interior aceptable diferenciándolos de los que no poseen esta Calidad.

 

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Lo hace definiendo límites y analizando la presencia de contaminates químicos (ozono, formaldehído, VOC, metales...), de contaminantes biológicos (mohos, levaduras, bacterias...), de contaminantes físicos (iluminación, campos electromagnéticos, ruido...) y de factores de estrés térmico (temperatura, humedad, corrientes aire...). Considera que existe una relación directa entre el correcto mantenimiento higiénico del edificio, en especial la ventilación, y la calidad del aire Interior del mismo. Para la Certificación se trabaja tomando medidas en una serie de puntos de muestreo y de forma que sean representativas.

La evaluación higiénica mínima considera los siguientes parámetros definiendo los métodos y los criterios de valoración con su norma de referencia:

  • Temperatura
  • Humedad relativa
  • Dióxido de carbono
  • Monóxido de carbono
  • Partículas en suspensión
  • Hongos en suspensión

También relaciona una serie de parámetros complementarios a los anteriores (iluminación ambiental, ruido ambiental, formaldehído, ozono y compuestos orgánicos volátiles - VOC-) definiendo también los métodos de ensayo, criterios de valoración y referencia.

 

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Esta Norma es de aplicación a los ambientes interiores de todo tipo de recintos, instalaciones y edificaciones, exceptuando aquellas que se destinan “exclusivamente” a la actividad desarrollada en procesos industriales y/o agrícolas. El procedimiento de certificación se ha intentado que sea independiente y objetivo. Y la validez de la Certificación está limitada en el tiempo, lógicamente, debiendo renovarse periódicamente. Más abajo presentamos un diagrama de flujo que esquematiza dicho procedimiento.

Sin una legislación mínima, va a ser difícil lograr ambientes de trabajo, ocio y vida con una calidad de aire garantizada

La certificación de edificios como de Calidad Aceptable de Aire supone un paso adelante muy significativo en materia de seguridad e higiene en el trabajo, facilitando la labor a las autoridades sanitarias, y que beneficiará a la propiedad del edificio, proporcionándole un ahorro económico en materia de absentismo laboral y un incremento de productividad. Asimismo, disponer de este Certificado supondrá un efecto beneficioso sobre la imagen de las empresas de cara a trabajadores y usuarios. Y, finalmente y sobre todo, aportará indudables beneficios a la salud de las personas.

Nota: artículo publicado originalmente en Borrmart.

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