Gestión de residuos: se prohibe la entrega de bolsas de plástico no compostable a consumidores

Gestión de residuos: se prohibe la entrega de bolsas de plástico no compostable a consumidores

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La gestión de residuos comprometida con la sostenibilidad da un nuevo paso con la prohibición, en puntos de venda, de las bolsas de plástico con un espesor de menos de 50 micras y que no sean reciclables. Estas bolsas "ligeras"  representan la inmensa mayoría del número total de bolsas de plástico consumidas en la UE y tienen unas tasas de reciclado muy bajas. Desde enero 2021 su entrega – gratuita o no - a los consumidores en puntos de venta ha quedado prohibida.

 

La presencia contaminante de plásticos en el medio ambiente, su grave impacto negativo sobre la fauna, asi como la toxicidad de parte de este plástico que, como eslabón de la cadena trófica, los humanos también ingerimos, es una preocupación creciente en toda la UE.

Como respuesta a este grave problema de salud ambiental, y con la vista puesta en la economia sostenible,   la CE ya ha empezado a introducir políticas para un ciclo sostenible de los productos de plástico, asi como propuestas para la restricción y/o prohibición de determinados usos.

Un ejemplo de ello es la regulación del uso de un producto extremadamente habitual en la UE: las bolsas de plástico. El nivel actual de consumo de bolsas de plástico produce una cantidad enorme de residuos dispersos que contaminan el medio ambiente, a la vez que supone un uso ineficaz de recursos. 

Bolsas de plástico ligeras

La inmensa mayoría de las bolsas de plástico que se consumen en la UE son las llamadas "ligeras", que tienen un espesor de menos de 50 micras. Este tipo de bolsas se reutilizan con menor frecuencia que las bolsas más gruesas, por lo que se convierten en residuos más rápidamente y tienden a dispersarse como basura con mayor frecuencia debido a su reducido peso.

Las tasas actuales de reciclado de bolsas de plástico ligeras son muy bajas y, debido a una serie de dificultades prácticas y económicas, no es probable que alcancen niveles significativos en el futuro próximo.

Gracias a la implementación del  Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015, en España se consiguió reducir el consumo de bolsas de plástico prácticamente a la mitad, pasando de 317 bolsas por habitante en 2007 a 144 bolsas por habitante en 2014. No obstante, en el año 2014, se pusieron en el mercado unas 62.560 toneladas de bolsas de plástico de menos de 50 micras de espesor (6.730 millones de unidades), de las cuales el 23 % serían bolsas de menos de 15 micras y unas 4.670 toneladas de bolsas de plástico de más de 50 micras (158 millones de unidades). 

De modo que, por el momento, se considera necesario seguir reforzando los cambios en las pautas de consumo de las bolsas de plástico, especialmente en ciertos sectores como el pequeño comercio, e incorporar a la legislación nacional las nuevas directrices europeas sobre consumo de bolsas de plástico.

Medidas para la reducción del consumo de bolsas de plástico

Con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos de los residuos generados por las bolsas de plástico, en la UE se aprobó la Directiva 2015/720, que queda incorporada al ordenamiento jurídico español con el RD 293/2018, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores

En él se establece un programa progresivo de medidas, que afectan tanto a las bolsas de plástico que se entreguen en los puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan suministrarse en la venta online, así como a las entregadas a domicilio.

La implantación de las medidas se inció en julio de 2018 con la prohibición de la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. De forma análoga, a partir de enero de 2020 se prohibió la entrega de bolsas de plástico fragmentables, y se estableció que las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras deben contener un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.

Y, a partir del pasado 1 de enero de 2021 ha quedado prohibida la entrega al consumidor, gratuita o no, de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras, excepto si son bolsas de plástico compostable que cumplan con los requisitos de la norma europea vigente EN 13432:2000, o las bolsas de plástico que cumplan los estándares europeos o nacionales de biodegradación a través de compostaje doméstico.

No hay que confundir las bolsas de plástico etiquetadas como «oxobiodegradables» u «oxodegradables» con las compostables. Las primeras incorporan aditivos a los plásticos convencionales que, con el paso del tiempo fragmentan el plástico en pequeñas partículas (microplásticos), que permanecen en el medio ambiente. Puede confundir designar estas bolsas como «biodegradables», ya que no son una solución al problema de la contaminación ocasionada por su abandono, sino que pueden agravarlo.

Con comportamiento similar a las bolsas fabricadas con plástico oxodegradable se encuentran las bolsas fabricadas con plástico fotofragmentable, termofragmentable e hidrofragmentable,  fabricadas con materiales plásticos que incluyen aditivos que catalizan la fragmentación del material plástico en microfragmentos. Para evitar los perjuicios de la permanencia en el medio ambiente de los plásticos en partículas de menor tamaño, se ha prohibido también la entrega de bolsas de plástico fragmentable a partir del 1 de enero de 2020.

Los establecimientos o comerciantes pueden sustituir las bolsas de plástico no compostables por otros formatos de envase. No están obligados a substituir las bolsas de plástico no compostables por las bolsas de plástico compostables, sino que podrán hacer uso de cualquier otra solución, teniendo en cuenta que ésta no derive en un incremento de la generación de residuos de envases.

Gestión de residuos

Con estos plazos se quiere acompasar la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de los biorresiduos, necesaria para cumplir con los objetivos comunitarios de reutilización y reciclado de residuos municipales, asi como con las nuevas directivas europeas de residuos.

De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción de biorresiduos presente en los residuos municipales, evitando así que se puedan mezclar con otros flujos de residuos, como los de envases de plástico, ya que su mezcla podría dificultar el reciclado mecánico de los plásticos no compostables.

Poco a poco la prevención, reducción y correcta gestión de residuos gana peso en las políticas comunitarias y en el quehacer de empresas y ciudadanos, con enfoque hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas.

 

Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.

 

 

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