Nuevas disposiciones prácticas para controles oficiales en industria alimentaria

Nuevas disposiciones prácticas para controles oficiales en industria alimentaria

seguridad alimentaria

La Comisión Europea ha publicado el Reglamento 2019/627, con el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles y actuaciones oficiales en relación con la elaboración de productos de origen animal destinados al consumo humano. Estas disposiciones se basan en los dictámenes emitidos por la EFSA y los conocimientos más actuales en relación a los peligros y riesgos para la salud que pueden plantear los productos de origen animal.

 

La Comisión Europea ha establecido nuevas disposiciones prácticas a aplicar en los controles oficiales, realizados por las autoridades competentes, para proteger la salud humana, la sanidad animal y el bienestar de los animales en todas las fases del proceso de producción, transformación y distribución de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

Este cambio en la normativa europea tiene su origen en la publicación del Reglamento (UE) 2017/625, que deroga, con efecto a partir del 14 de diciembre de 2019, el texto que hasta el momento regula dichas disposiciones prácticas, el Reglamento (CE) n.o 854/2004.

Las nuevas normas establecidas en el Reglamento 2019/627 garantizan la continuación de los requisitos para la verificación del cumplimiento, por parte de los explotadores de empresas alimentarias, de las normas de manipulación segura de los productos de origen animal.

Estas disposiciones se basan en la información pertinente más reciente de que se dispone y en las pruebas científicas procedentes de los dictámenes de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). 

Las normas específicas abarcan:

  •  los requisitos específicos y la frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de cualquier producto de origen animal, en lo que respecta a las auditorías y al marcado de identificación
  •  los requisitos específicos y la frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de la carne fresca, incluidos requisitos específicos para las auditorías y tareas específicas relativas a los controles de la carne fresca
  •  las medidas que deben tomarse cuando la carne fresca no cumpla los requisitos de la Unión en materia de protección de la salud humana, la sanidad animal y el bienestar de los animales
  • los requisitos técnicos y las modalidades prácticas en cuanto al marcado sanitario a que hace referencia el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 853/2004
  • los requisitos específicos y la frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de leche, calostro, productos lácteos y productos a base de calostro
  • las condiciones para la clasificación y vigilancia de las zonas de producción y reinstalación clasificadas de moluscos bivalvos vivos, y las decisiones subsiguientes que deban tomarse
  • los requisitos específicos y la frecuencia mínima uniforme de los controles oficiales de los productos de la pesca 

 

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/627 DE LA COMISIÓN de 15 de marzo 2019 por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión en lo que respecta a los controles oficiales 

 

 

Compartir notícia: 

Empresas relacionadas

Hiamex

Tratamiento de la madera de termitas y carcomas, control de plagas y seguridad alimentaria

Calidad Alimentaria del Oeste S.L.

Nuestra misión es garantizar la seguridad alimentaria y la calidad de los productos en Extremadura. Brindando un servicio integral a empresas del sector alimentario y a la población en general.