La Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas pretende establecer las condiciones y requisitos para la inscripción, estructura y funcionamiento de los Registros Oficiales de Establecimientos y Servicios Biocidas de las Comunidades Autónomas, y que permitan su armonización, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
Esta orden se aplica a los establecimientos y servicios biocidas donde se formulen, fabriquen, envasen, almacenen o comercialicen biocidas de los grupos principales 1, 2 y 3: desinfectantes para productos de distinto tipo, para superficies en contacto con alimentos, protectores de la madera, productos para la conservación del agua en sistemas de refrigeración, rodenticidas, insecticidas, repelentes o atrayentes.
El texto ofrece las definiciones de los elementos mencionados y fija los requisitos para la inscripción en el registro así como su propia estructura. Además, especifica la documentación necesaria así como la forma que debe tener el código de registro. Por otro lado, entre otros se establece la coordinación entre las distintas comunidades autónomas.
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