Han salido publicadas en el BOE, 29 julio 2010, la Orden PRE/2046/2010 y la Orden PRE/2047/2010 por las que se incluyen las sustancias activas nitrógeno, tetraborato de disodio, ácido bórico, octaborato tetrahidratado de disodio, óxido bórico, fosfuro de aluminio generador de fosfina, flocumafén, tolilfluanida y acroleína en el anexo I del Real Decreto 1054/2002.
Orden PRE/2046/2010, de 21 de julio, por la que se incluyen las sustancias activas flocumafén, tolilfluanida y acroleína, en el anexo I del Real Decreto 1054/2002 relativo a los biocidas.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa flocumafén - Tipo de producto: 14 (rodenticidas).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 955g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2016
- Disposiciones específicas:
- La concentración nominal de la sustancia activa en los productos no debe exceder 50 mg/Kg y solo se pueden autorizar productos listos para el uso.
- Los productos deben contener un agente repelente y, si procede, un colorante.
- Los productos no deben utilizarse como polvo de rastreo.
- Restricción para uso profesional, límite máximo para el tamaño y el envase y obligación de utilizar cajas de cebos seguras y a prueba de manipulaciones.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa tolilfluanida - Tipo de producto: 8 (protectores de la madera).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 960g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de octubre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 30 de septiembre de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos autorizados para uso industrial o profesional deben utilizarse con el equipo de protección individual adecuado
- Deben adoptarse las medidas de reducción del riesgo adecuada para proteger los compartimentos acuáticos y edáfico.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa acroleína - Tipo de producto: 12 (producto antimoho).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 913g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2010
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2020.
- Disposiciones específicas:
- Las aguas residuales que contengan acroleína se controlarán antes de su evacuación.
- Los biocidas autorizados para el uso industrial o profesional se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado, y se establecerán procedimientos operativos seguros tales como utilizar sistemas de vigilancia de la calidad del aire y delimitar perímetros de seguridad.
Orden PRE/2047/2010, de 21 de julio, por la que se incluyen las sustancias activas nitrógeno, tetraborato de disodio, ácido bórico, octaborato tetrahidratado de disodio, óxido bórico y fosfuro de aluminio generador de fosfina, en el anexo I del Real Decreto 1054/2002 relativo a los biocidas.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa nitrógeno - Tipo de producto: 18 (insecticida, acaricida, producto para controlar otros artrópodos).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 999g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Sólo podrá venderse el producto a profesionales formados para utilizarlo, y sólo ellos lo podrán usar.
- Deberán implantarse prácticas de trabajo seguras y sistemas de trabajo seguros para minimizar el riesgo, incluida la disponibilidad de equipos de protección individual adecuados si resulta necesario.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa tetraborato de disodio - Tipo de producto: 8 (protectores de la madera).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 990g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos autorizados para uso industrial o profesional tienen que utilizarse con el equipo de protección individual adecuado.
- La madera recién tratada tiene que almacenarse tras el tratamiento a cubierto o en una superficie dura impermeable para evitar derrames directos al suelo o al agua y que los derrames tienen que recogerse para su reutilización o eliminación.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa ácido bórico - Tipo de producto: 8 (protectores de la madera).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 990g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos autorizados para uso industrial o profesional tienen que utilizarse con el equipo de protección individual adecuado
- La madera recién tratada tiene que almacenarse tras el tratamiento a cubierto o en una superficie dura impermeable para evitar derrames directos al suelo o al agua y que los derrames tienen que recogerse para su reutilización o eliminación.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa octaborato de disodio tetrahidratado - Tipo de producto: 8 (protectores de la madera).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 975g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos autorizados para uso industrial o profesional tienen que utilizarse con el equipo de protección individual adecuado.
- La madera recién tratada tiene que almacenarse tras el tratamiento a cubierto o en una superficie dura impermeable para evitar derrames directos al suelo o al agua y que los derrames tienen que recogerse para su reutilización o eliminación.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa óxido bórico - Tipo de producto: 8 (protectores de la madera).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 975g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos autorizados para uso industrial o profesional tienen que utilizarse con el equipo de protección individual adecuado.
- La madera recién tratada tiene que almacenarse tras el tratamiento a cubierto o en una superficie dura impermeable para evitar derrames directos al suelo o al agua y que los derrames tienen que recogerse para su reutilización o eliminación.
Condiciones de inclusión de la sustancia activa fosfuro de aluminio generador de fosfina - Tipo de producto: 14 (rodenticidas).
- Pureza mínima de la sustancia en el biocida comercializado: 830g/Kg.
- Fecha de inclusión: 1 de septiembre de 2011
- Fecha de vencimiento de la inclusión: 31 de agosto de 2021
- Disposiciones específicas:
- Los productos sólo podrán venderse a profesionales formados específicamente, que serán los únicos usuarios.
- Dados los riesgos detectados para los operarios, deben aplicarse medidas adecuadas de reducción del riesgo, entre las que se incluirá el uso del equipo de protección individual adecuado, el uso de aplicadores y la presentación del producto en una forma adecuada para reducir la exposición del operario hasta un nivel aceptable.
- Dados los riesgos detectados para las especies terrestres no diana, deben aplicarse medidas adecuadas de reducción del riesgo, entre las que se incluirá la ausencia de tratamiento de las zonas en que estén presentes animales que cavan madrigueras, distintos de las especies diana.