Casi 30 sustancias activas biocidas dejan de estar autorizadas en la UE
Enviado por editora el Mié, 07/29/2020 - 01:05La CE ha emitido una Decisión por la que no deben aprobarse un amplio grupo de combinaciones de sustancias activas y tipos de productos, incluida cualquier forma de nanomateriales, para su utilización en los biocidas. Esta medida afecta a cerca de 30 sustancias activas biocidas, que estaban incluidas en el programa de trabajo para el examen sistemático de todas las sustancias activas existentes, de acuerdo al del Reglamento (UE) no 528/2012 sobre biocidas.








La sustancia activa metoflutrina ha sido aprobada para su uso en biocidas del tipo 18 (insecticidas, acaricidas, productos para controlar otros artrópodos), quedando incluida en el Anexo I del RD 1054/2002, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
La CE ha notificado la inclusión de las sustancias bromadiolona (rodenticida), el sulfato de aluminio (bactericida), la carboxina (fungicida), el dazomet (nematicida, fungicida, herbicida e insecticida) y el metaldehído (molusquicida) como sustancias activas en la Directiva 91/414/CE.
