Derogado el RD 202/2000 relativo a manipuladores de alimentos

Derogado el RD 202/2000 relativo a manipuladores de alimentos

foodHa sido publicada en el BOE la derogación del RD 202/2000 por el que quedaban establecidas las normas generales de higiene de los manipuladores de alimentos, las responsabilidades de las empresas y las modalidades para la verificación de la observancia de dichas normas.

 

La Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 (Directiva de Servicios) que tiene por objetivo establecer un espacio comunitario sin fronteras, donde esté garantizada la libertad de prestación de servicios y el libre establecimiento, ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español con la Ley 17/2009, de 23 de noviembre.

La entrada en vigor de esta Ley comporta la modificación, a través del Real Decreto 109/2010 de 5 de febrero, de diversos reales decretos en materia sanitaria, entre ellos el RD 202/2000 por el que se establecian las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

"Además, se deroga el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos, suprimiéndose por tanto dos de los elementos esenciales del mismo que entraban en conflicto con la Directiva de Servicios: la autorización administrativa previa por parte de las autoridades competentes (en general, las comunidades autónomas) de las entidades formadoras de manipuladores de alimentos y los programas a impartir por dichas entidades.


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    Imagen: Flickr

    Para garantizar los fines perseguidos por las autorizaciones administrativas ,que quedan suprimidas, y que incluyen entre las obligaciones de los operadores de empresas alimentarias, la de garantizar «la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria», se traslada la responsabilidad en materia de formación desde las administraciones competentes a los operadores de empresas alimentarias, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas.

    Vista la situación, la flexibilización de los requisitos de acceso al mercado laboral de las empresas no debería afectar a la seguridad alimentaria, por lo que la vigilancia y los controles oficiales serán claves para que estos cambios en la normalización sean adecuados.

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