El formaldehido, para su uso en el tipo de producto 20 (conservantes para alimentos o piensos), no ha sido incluido en la lista de sustancias activas biocidas aprobadas por la CE. Los productos empleados como conservantes de piensos que contengan formaldehído y se comercialicen como biocidas no podran estar en el mercado a partir del 1 de julio de 2015.
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25 de abril de 2013 sobre la no inclusión del formaldehído en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas, para el tipo de producto 20
La Comisión Europea ha decidido no incluir el formaldehido, para su uso en el tipo de producto 20 (conservantes para alimentos o piensos), en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE relativa a la comercialización y uso de biocidas.
Tal como establece el nuevo Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, los productos empleados para la conservación de alimentos o piensos están incluidos en el ámbito de la aplicación de los Reglamentos 1831/2003 y 1333/2008, sobre aditivos alimentarios.
Por este motivo, la Comisión ha decidido cancelar este proceso de evaluación y ha propuesto que la autorización del formaldehído como aditivo para piensos se realice de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1831/2003,
La fase de eliminación de productos empleados como conservantes de piensos que contengan formaldehído y se comercialicen como biocidas tendrá en cuenta el tiempo necesario para regular estos productos de conformidad con el Reglamento (CE) no 1831/2003 y finalizará el 1 de julio de 2015, fecha en que deberan estar retirados del mercado.